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Corte Suprema rechaza recurso de nulidad y mantiene condena en caso de abuso sexual contra Eduardo Macaya Zentilli

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En un fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Eduardo Juan Macaya Zentilli, quien fue condenado a seis años de prisión efectiva por cuatro delitos de abuso sexual de menores de 14 años, ocurridos entre abril y mayo del año pasado en la comuna de Placilla, Región de O’Higgins.

La Segunda Sala del máximo tribunal, compuesta por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Teresa Letelier y Dobra Lusic, junto con las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Pía Tavolari, determinó que no existieron infracciones al debido proceso ni se vulneró el principio de presunción de inocencia en la sentencia dictada previamente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando.

El fallo destaca que la defensa alegó que la sentencia original invertía la carga de la prueba, exigiendo al acusado demostrar su inocencia, lo que, a su juicio, infringía el debido proceso. Sin embargo, la Corte desestimó este argumento, señalando que tal alegación carecía de fundamento suficiente para anular el juicio. Según el tribunal, las observaciones presentadas por la defensa se basaron en una interpretación de la sentencia que no se ajusta a los criterios probatorios evaluados por la magistratura.

La resolución detalla que el Tribunal de San Fernando consideró tanto las pericias presentadas por los acusadores como las pruebas aportadas por la defensa, incluida una metapericia elaborada por la profesional Ximena Jofré. La Corte Suprema concluyó que la magistratura no invirtió la carga de la prueba, sino que evaluó de forma integral todas las evidencias presentadas.




El fallo también señala que la interpelación a la defensa sobre la falta de actividad probatoria en torno a hipótesis alternativas no constituyó una infracción a las garantías procesales del acusado. En este contexto, la Sala Penal destacó que el recurso de nulidad presentado no objetó adecuadamente las demás consideraciones que sustentaron la condena.

Finalmente, la Corte Suprema resolvió desestimar el recurso de nulidad, confirmando así la condena impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, que seguirá en vigor.



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