Aprobado el veto presidencial al proyecto de delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles
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En un intenso debate, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados ha aprobado el veto presidencial que contenía observaciones al proyecto que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, también conocido como boletín 14015.
Las observaciones del veto, que se compone de 14 puntos clave, han generado un extenso debate en el seno de la Cámara, pero finalmente, han sido ratificadas en los mismos términos en que lo hizo el Senado, lo que significa que el proyecto está ahora listo para ser promulgado como ley en la República.
Uno de los aspectos más notables del veto es la eliminación de las normas sobre la legítima defensa privilegiada. Esta modificación, aprobada con 72 votos a favor, 66 en contra y 4 abstenciones, suprime un elemento que estaba originalmente contemplado en el proyecto.
Otro punto relevante de las observaciones es la introducción de un tratamiento especial en casos de violencia en las cosas. Con 79 votos a favor, 61 en contra y 2 abstenciones, se ha establecido una pena de cárcel distinta en estos casos, diferenciándola de la usurpación con violencia en las personas. Esta medida busca abordar de manera específica los casos en los que se produce daño en propiedad.
Además, la Sala ha aprobado con 82 votos a favor, 59 en contra y 2 abstenciones una disposición que regula las penas en casos de usurpación sin violencia o intimidación en las personas pero con daño a las cosas. La pena será de presidio menor en su grado medio si el daño supera las 40 UTM, presidio menor en su grado mínimo a medio si excede las 4 UTM y no supera las 40, y presidio menor en su grado mínimo si los daños son menores a 4 UTM sin bajar de 1 UTM.
El veto también otorga al juez la facultad de establecer sanciones de cárcel o multa en situaciones específicas. Con 73 votos a favor, 64 en contra y 5 abstenciones, se ha aprobado que «cuando el hecho se lleve a cabo sin violencia o intimidación en las personas ni daño en las cosas, la pena será de presidio menor en su grado mínimo o una multa de 6 a 10 UTM.»
Otra medida destacada que forma parte de las observaciones permite que las fuerzas policiales realicen detenciones por flagrancia de forma permanente, brindando mayor capacidad de actuación ante situaciones de ocupación ilegal.
Por último, con una amplia mayoría de 95 votos a favor, 44 en contra y 4 abstenciones, se ha aprobado la medida cautelar de restitución anticipada del inmueble en cualquier etapa del procedimiento, independientemente de si los imputados han sido formalizados, siempre que se acredite la inscripción del inmueble correspondiente.
Estas modificaciones marcan un hito en la legislación relacionada con ocupaciones ilegales de inmuebles en Chile y buscan equilibrar la protección de la propiedad con el respeto a los derechos individuales. La aprobación del veto presidencial representa un paso significativo hacia la promulgación de esta importante ley en el país.