Cuando los Países “desarrollados” violan los derechos humanos
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Entre el 11 de septiembre y el 13 de octubre 2023 se está celebrando la Sesión número 54 del Consejo de los Derechos Humanos. Entre los varios paneles de reflexiones propuestas se desarrolla hoy el Panel sobre el impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales, factor clave en la política y la economía del Siglo XXI.
El término medidas coercitivas unilaterales (MCU) suele referirse a medidas económicas adoptadas por un Estado para forzar un cambio en la política de otro Estado.
Ejemplos de estas medidas incluyen sanciones comerciales en forma de embargos y la interrupción de flujos financieros y de inversión entre países fuentes de remesas y países receptores. Otras, denominadas sanciones «inteligentes» o «selectivas» son la congelación de activos y las prohibiciones de viajar, han sido empleadas por Estados individuales con el fin de influir sobre personas que son consideradas que tienen influencia política sobre otro Estado. Eso incluye el bloqueo de alimentos y medicamentos, y provoca la muerte de miles de personas cada año, así que, inteligentes o coercitivas, estas sanciones violan flagrantemente el derecho internacional y violan la carta de las Naciones Unidas, como al final terminan siendo un instrumento de presión de la parte de los países “desarrollados” hacia los países “en desarrollo”.
“Mis visitas a los países, mi trabajo temático y la información que recibo diariamente de diversas fuentes indican claramente el impacto perjudicial de las sanciones unilaterales y su cumplimiento excesivo en el logro de todos y cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), afectando así el derecho al desarrollo y al bienestar”, denuncia Alena Douhan, relator especial sobre el impacto negativo de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos.
“Existen numerosos informes que destacan los desafíos en la adquisición de autorizaciones y licencias para la adquisición y entrega de bienes esenciales, pero también la imposibilidad de procesar los pagos de dichos bienes y contratar seguros para las cargas, entre otros. Otros problemas se refieren a los desafíos para adquirir y entregar semillas, fertilizantes, vacunas para el ganado, maquinaria y repuestos agrícolas, diésel, falta de disponibilidad de electricidad, agua para riego y equipos para procesar y almacenar alimentos”, sigue Alena Douhan. “Se observan patrones similares con respecto al acceso a una atención sanitaria adecuada, incluidos medicamentos, vacunas, disponibilidad de equipos médicos, software, equipos de rescate, control y prevención de enfermedades, así como acceso a información médica y oportunidades de formación de profesionales médicos. Estos elementos no solo socavan el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, sino que también pueden minimizar el impulso positivo en torno al proceso global en curso hacia un instrumento internacional para fortalecer la prevención, preparación y respuesta ante pandemias”.
A pesar de las reticencias de los Países alineados en hablar del tema, solo el representante de Unión Europea se pronunció en el panel declarando que “el Consejo de los Derechos Humanos no es un lugar donde hablar de las medidas coercitivas”, es cierto que la ampliación de las sanciones unilaterales, combinada con sanciones severas por el incumplimiento o elusión de los regímenes de sanciones, exacerba el cumplimiento excesivo y conduce a una completa desvinculación de los países a los que se dirigen dichas medidas, excluyendo así a poblaciones enteras del desarrollo, e intensificando las desigualdades a nivel mundial afecta a personas de países sujetos a sanciones no selectivas que resultan en su discriminación por motivos de nacionalidad, lugar de residencia o nacimiento.
Todos aquellos en situaciones vulnerables se ven afectados de manera desproporcionada, incluidas las mujeres, los niños, las personas mayores, las personas con discapacidad y los migrantes.
Las personas afectadas enfrentan serios desafíos incluso para acceder a la justicia para proteger sus derechos, buscar reparación debido a la ausencia de mecanismos de rendición de cuentas, la inasequibilidad de la asistencia legal, la complejidad y vaguedad de los marcos legales, las presiones sobre los profesionales del derecho que trabajan en asuntos relacionados con sanciones.
Las sanciones económicas, financieras y sectoriales, las sanciones contra entidades y empresas y el exceso de cumplimiento adicional aíslan a los países sujetos a sanciones y a sus poblaciones, cerrando los canales de cooperación económica internacional y de otro tipo que afectan las tasas de pobreza, ejerciendo presión sobre los sistemas nacionales de protección social, el trabajo decente y la economía.
“Como Relator Especial, creo firmemente que si buscamos soluciones que permitan a los países de todo el mundo alcanzar los ODS, los desafíos mencionados anteriormente deben tomarse seriamente en consideración: el impacto de las sanciones unilaterales no debe ignorarse cuando se discute el logro de los ODS junto con otros desafíos; Las personas de los países bajo sanciones no deben ser más discriminadas ni privadas de su derecho a participar, contribuir y beneficiarse del desarrollo económico, social, cultural y político”, concluye la relatora especial.