Poder y Política

Con quemaduras y sin uñas: Procesan a carabineros (r) por torturas y homicidio de militante del PC

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El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa, procesó a los carabineros en retiro Luis Ortiz Novoa y José Torres Osses, en calidad de autores de los delitos consumados de secuestro simple, apremios ilegítimos y homicidio calificado de Julio San Martín San Martín, hechos ocurridos en la comuna de Curacautín en septiembre de 1973.

 

En la resolución, el ministro en visita decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Torres Osses, ordenando su ingreso en la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco; en tanto, Ortiz Novoa quedó sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total, atendida su edad y estado de salud.

 

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mesa logró establecer que Julio San Martín, militante del Partido Comunista (PC) y Subdelegado de Gobierno en la localidad de Capitán Pastene durante la Unidad Popular, fue detenido el 15 de septiembre de 1973 por carabineros y llevado hasta la cárcel de Traiguén, donde se le mantuvo hasta el 24 de septiembre de ese año.

 

Tras recuperar su libertad, recibió un salvoconducto de Carabineros para poder viajar a Curacautín a ver a su madre enferma. Sin embargo, el día 29 de septiembre, cuando regresaba a Lautaro, funcionarios de la Quinta Comisaría de Carabineros de Curacautín -entre los cuales se individualizó al cabo Domingo Pirce y los carabineros Torres y Ortiz- le ordenaron descender del vehículo. Fue trasladado al recinto policial al que pertenecían los uniformados y encerrado en un calabozo.




 

 

En la resolución se lee que uno de los funcionarios policiales, el cabo Armando Etter González, “pudo observar en una oportunidad que el teniente Adrián Sanhueza le colocó un cigarrillo encendido en el cuello a una persona que estaba detenida en ese lugar y que por comentarios correspondía a Julio San Martín San Martín”. 

 

Finalmente, el Subdelegado de Gobierno fue sacado en la noche por los mismos funcionarios que participaron de su aprehensión -Domingo Pirce Escobar (fallecido), Luis Ortiz Novoa y José Tomás Torres Osses-, “conducido a un puente, procediendo a dispararle y lanzarlo posteriormente al río, hechos que fueron comentados por estos mismos uniformados en la unidad policial”.

 

Fue el mismo auxiliar del bus de donde fue secuestrado el militante del PC, quien al día siguiente de su detención “observó que a orillas de la ruta se encontraba fallecido Julio San Martín, bajándose del vehículo junto a otros pasajeros, pudiendo ver signos de quemaduras en su cuerpo, como de cigarros y, además, no tenía uñas y su cara esta muy azul, media morada”.

 

En el fallo se señala que sobre el destino de Julio San Martín, el cabo de apellidos “Olivos Bascur logró escuchar que personal de Carabineros se trasladó hasta el lugar” e hizo desaparecer su cuerpo, “rumoreándose que había sido introducido al interior de un ojo de río y tapado con piedras”. 

 

“Hasta esta fecha ningún funcionario público del Ejército de Chile, Carabineros de Chile o de otra rama de las Fuerzas Armadas y/o de Orden y Seguridad que se desempeñaban en la época de los hechos, ha dado algún antecedente a la autoridad respectiva en relación a lo sucedido con Julio San Martín San Martín, manteniendo hasta el día de hoy ocultamiento de todo tipo de antecedentes sobre los hechos que se han mencionado en los párrafos precedentes”, concluye la resolución.



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