Avanza proyecto que endurece penalidad a conductores que lesionen a ciclistas o motoristas
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Por 8 votos a favor y 1 abstención, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó la idea de legislar del proyecto que modifica la ley de Tránsito, para sancionar al conductor de vehículos motorizados que causare daños o lesiones a quien se traslade en bicicleta u otros ciclos, (boletín 13975).
La iniciativa establece que el que conduzca u opere un vehículo motorizado y:
- Cause daños materiales o lesiones leves a quienes se transportan en bicicletas u otros ciclos, será sancionado con una multa de una a cinco unidades tributarias mensuales y la suspensión de la licencia de conducir por seis meses.
- Si se causaren lesiones menos graves, se impondrá la pena de prisión en su grado mínimo o multa de cuatro a diez unidades tributarias mensuales y la suspensión de la licencia de conducir por nueve meses.
- Si se causaren lesiones graves, la pena asignada será la hoy señalada en el Código Penal, además de la suspensión de la licencia de conducir de 18 a 36 meses.
- Si se causare la muerte, se impondrá la pena de reclusión menor en su grado máximo, multa de 21 a 30 treinta unidades tributarias mensuales y la suspensión de la licencia para conducir por el plazo que determine el juez, el que no podrá ser inferior a 36 ni superior a 60 meses.
El proyecto agrega que, en caso de reincidencia, el infractor sufrirá, además de la pena que le corresponda, la suspensión de la licencia para conducir por el tiempo que estime el juez, el que no podrá ser inferior a 48 ni superior a 72 meses.
La instancia parlamentaria acordó fijar para el próximo lunes 19 de abril el plazo para presentar indicaciones a la normativa, previo al debate de su articulado.