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Triunfo en el plebiscito del 25-0 ¿y ahora qué viene?

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Aun cuando los ciudadanos rechacen a la derecha pinochetista, y en forma tan abrumadora como ayer, con 78,27% de los votos a favor del APRUEBO, 5.886.340 sufragios, mientras por el RECHAZO los votos sumaron 1.083.888, el 21,73%, y en el caso de la convención constituyente por 78.99% y por la mixta 21,1%, la derecha siempre va a buscar una trampa que les pueda asegurar la mantención de sus privilegios.

Un hecho inevitable y de vital importancia para el país lo constituye la muerte de la Constitución de 1980, pensada y redactada por Jaime Guzmán Errázuriz, que garantizaba un veto permanente a todo cambio substancial del neoliberalismo, mezclado con un catolicismo integrista.

Tanto el plebiscito de 1988, en que triunfó el NO a la dictadura, con el empleo del lápiz y una papeleta, como el de ahora, el gran actor fue el pueblo movilizado, pero en el primer caso, “la alegría prometida” no llegó, y se tomó el camino del “diálogo” con el dictador y sus amanuenses, y la aceptación de las trampas que constituían la esencia de la Constitución autoritaria para que, si aún ganaran los opositores, se gobernara al gusto de la dictadura. Tal vez se dieron algunos cambios de maquillaje con la condición de que la derecha estuviera de acuerdo, y aún a los opositores se les permitiría estampar su firma en vez de la del general Augusto Pinochet, (el caso más patético fue el de reforma a la Constitución de 1980, llevada a cabo durante el gobierno de Ricardo Lagos, (2005), pero se conservó la esencia ideológica de esa Constitución.

La actual Convención Constituyente también tiene varias trampas, y la más importante de todas es la que dice relación con los 2/3 requeridos para aprobar cualquier Artículo de la nueva Constitución. La derecha estaba segura de que, al menos, tendría 1/3 y, de esta manera poder de seguir vetando cualquier cambio substancial del sistema económico político. En el escrutinio de ayer la Convención mixta ni siquiera logró sumar 1/3 de los votos, con sólo 1.500.000 sufragios, contra 5.645.412 a favor de la Convención Constituyente.

Jean Jacques Rousseau decía irónicamente, refiriéndose a los ingleses, que ´estaban felices porque votaban continuamente´; hoy, la representación política está en cuestión y con sobradas razones: en el caso chileno – para no ir más lejos, el Presidente Sebastián Piñera fue elegido por más del 50% de los votos, y llegó a bajar su apoyo, en la época del llamado “estallido social”, a un 6% -. Preguntaríamos: ¿en cuál de estos dos períodos tendría la legitimidad del sufragio popular? En Chile, para esa elección de 2017, sólo votó el 49% de los electores, y el Presidente fue apoyado por el 25% del universo electoral. Entonces, ¿cuán legítimo sería un Presidente electo con un quinto del padrón electoral?

Para subsanar las deficiencias de la representación se han encontrado algunas soluciones, entre ellas, los plebiscitos revocatorios para todos los mandatos de elección popular, que permitiría enmendar el error de los ciudadanos al  elegir a un mandatario inepto y poder sacarlo del cargo; también se podría apelar a otras soluciones más radicales, como el sorteo de los cargos de elección popular, (como se hacía en la antigua Grecia); el recurrir al  camino de la democracia plebiscitaria, (por ejemplo, en Suiza); y, así, otros métodos clásicos de la democracia directa, en que se somete a referéndum los asuntos fundamentales o bien, la iniciativa popular de ley.

Cuesta el considerar democrático un sistema político en que cada cuatro años se juega “el todo o nada”, es decir, quien gana la presidencia de la nación es casi el dueño del país, (en Chile, los balances y contra-balances entre los poderes prácticamente no existe).

Un triunfo electoral tan contundente, como el de ayer, no garantiza por sí el fin del modelo imperante, ni siquiera que se apruebe una Constitución que asegure derechos fundamentales, como el del acceso a la salud universal y pública, a la educación gratuita y de calidad, a la vivienda digna y a un sistema previsional solidario. No se trata de que la Constitución contenga una serie de declaraciones abstractas, y tal vez muy altruistas de derechos, que jamás podrán llevarse a la práctica, sino de derechos concretos que el ciudadano puede exigir al Estado.

Muchas veces los partidos populares han ganado elecciones y plebiscitos, para que luego sean traicionados o ignorados. Así ocurrió con los gobiernos de transición a la democracia, a partir de 1990: mientras menos se manifestaban los movimientos populares, más segura estaba la democracia ante el peligro de que los militares pudieran enojarse y ocupar el poder, (el mismo Augusto Pinochet aseguró al Presidente Patricio Aylwin, que no habría “caras pintadas”, como en Campo de Mayo, en Argentina).

Después de la celebración, en la noche del 25-0, aún queda mucho por hacer: en primer lugar, ejercer presión para lograr la representación de los pueblos originarios en la Asamblea Constituyente; en segundo lugar, el retiro de la exigencia del quorum de 2/3 que, actualmente, se requieren para la aprobación de los Artículos de la Nueva Constitución; en tercer lugar, la propuesta de un sistema de representación diferente a la  que se emplea para elegir el Parlamento

Durante la época de la Unidad Popular, repetíamos que “el pueblo había conquistado el gobierno, pero no el poder”, por consiguiente, se hacía necesario estar siempre movilizados y en alerta, conservando activos los Comités de Unidad Popular.

Después de la celebración, en la noche del 25-0, aún queda mucho por hacer: en primer lugar, ejercer presión para lograr la representación de los pueblos originarios en la Asamblea Constituyente; en segundo lugar, el retiro de la exigencia del quorum de 2/3 que, actualmente, se requieren para la aprobación de los Artículos de la Nueva Constitución; en tercer lugar, la propuesta de un sistema de representación diferente a la  que se emplea para elegir el Parlamento, (el sistema D´Hondt falsifica la voluntad popular ante la no existencia de relación entre votos y escaños); en cuarto lugar, el apresurar la redacción del reglamento de la Asamblea Constituyente, aún antes de que comience sus sesiones, a fin de no perder el tiempo en la discusión del reglamento, (como lo ocurrido en Bolivia)¸en quinto lugar, es necesario no confundir “independientes” con “anti políticos”, pues la política es un requisito fundamental de la democracia, por consiguiente, muchos de los militantes de base de los distintos partidos están muy relacionados con al pueblo  y están divorciadas de las oligarquías dueñas de la dirección del partido

La ley de Michels (1911) es indiscutible: “ donde hay partidos hay oligarquías

Rafael Luis Gumucio Rivas (El Viejo).

26/10/2020

 

 

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  1. Leopoldo Lavín Mujica says:

    Rafael, tus iniciativas son muy buenas y tus comentarios son muy pertinentes. Te cito: «Para subsanar las deficiencias de la representación se han encontrado algunas soluciones, entre ellas, los plebiscitos revocatorios para todos los mandatos de elección popular, que permitiría enmendar el error de los ciudadanos al elegir a un mandatario inepto y poder sacarlo del cargo; también se podría apelar a otras soluciones más radicales, como el sorteo de los cargos de elección popular, (como se hacía en la antigua Grecia); el recurrir al camino de la democracia plebiscitaria, (por ejemplo, en Suiza); y, así, otros métodos clásicos de la democracia directa, en que se somete a referéndum los asuntos fundamentales o bien, la iniciativa popular de ley.»

  2. Felipe Portales says:

    Así es. Los convencionales no podrían rebelarse frente a su mandato claramente estipulado e inmodificable por ellos, de tener que aprobar su reglamento y la «nueva» Constitución por dos tercios. Pero, además, el «tema» de los dos tercios no ha sido siquiera planteado como problema, no sólo por la ex Concertación, ¡sino incluso por los partidos que no suscribieron el funesto acuerdo del 15 de noviembre!

  3. Germán Westphal says:

    Ciertamente, tal cual afirma el artículo, «La derecha estaba segura de que, al menos, tendría 1/3 y de esta manera poder seguir vetando cualquier cambio substancial del sistema económico político. En el escrutinio de ayer la Convención mixta ni siquiera logró sumar 1/3 de los votos.” Sin embargo, hay que tener en cuenta que la derecha que votó por el Rechazo y la Convención Mixta es la derecha dura. La otra algo más blanducha votó por el Apruebo, de modo que juntas ciertamente pueden llegar al 1/3+1 o más para ejercer su veto. Esto, por cierto, sin contar al ex-concertacionismo, la otra derecha que posa de centro-izquierda y que en su época denunció Sergio Aguiló (2002).

    También cabe recordar que ayer se aprobó una “Convención Constitucional”—una Convención constitucionalmente mandatada a aprobar sus acuerdos por una mayoría mínima de 2/3. En el supuesto que la Convención se rebelara y decidiera aprobar sus acuerdos con un quórum inferior al mandatado, el TC estaría facultado para declarar que dichos acuerdos son inconstitucionales y por ende, nulos. En estas circunstancias, el SERVEL estaría impedido de someter dichos acuerdos al plebiscito de salida. Adicionalmente, también sería posible argumentar que el plebiscito de ayer no sólo aprobó la Convención en cuestión sino que ratificó, por amplia mayoría del pueblo soberano, el mandato que tiene constitucionalmente asignado, de modo que el quórum de marras no es sólo una cuestión aprobada por la clase política sino que también por la ciudadanía en el ejercicio de su voto secreto, libre y democrático

    N.B. Por cierto, no estoy argumentando a favor del quórum en cuestión sino que simplemente tratando de examinar las consecuencias que tiene para el funcionamiento de la Convención Constitucional aprobada en el plebiscito de ayer.

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