La plutocracia tramposa
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En más de 200 años de historia Chile no ha tenido ninguna Constitución que emane de la voluntad popular, hecho que no es ninguna casualidad pues la oligarquía, dueña de Chile, ha sabido muy bien vetar, o bien, engañar a un pueblo que no ha logrado aún conquistar la ciudadanía.
La Constitución de 1828, redactada por José Joaquín de Mora, al menos fue ratificada por la voluntad de “los pueblos”(de sus pequeñas ciudades). En 1833 los pelucones centralistas ganaron, con malas artes, la batalla de Lircay. Joaquín Prieto era considerado artero y traidor: la base ideológica de la Constitución, promulgada en ese año es, gran parte, deudora del pensamiento de la “restauración” monárquica, luego de la derrota de Napoleón; de ahí en adelante y hasta hoy, los Presidentes no son otra cosa que monarcas, apoyados por senados de larga duración, (casi vitalicia).
En 1925 Carlos Ibáñez del Campo y Marmaduque Grove trajeron de vuelta del exilio al Presidente Arturo Alessandri, a fin de que cumpliera con el último año de su período presidencial, bajo algunas condiciones leoninas: en primer lugar, que evitara relacionarse con sus amigos de la “execrable camarilla”; en segundo lugar, que proscribiera a varios políticos, tanto conservadores como liberales, (en esta lista negra se encontraban mis dos abuelos, Rafael Luis Gumucio Vergara y Manuel Rivas Vicuña); en tercer lugar, que convocara a una Asamblea Constituyente.
De vuelta del exilio, en su paso por Argentina, el Presidente Alvear le advirtió que una Asamblea Constituyente podría demorarse en su redacción entre dos y tres años, por consiguiente, no la firmaría Alessandri.
Se hacía necesario, por lo tanto, recurrir a un engaño que mantuviera entretenido a los militares y al pueblo, mientras rápidamente, sus amigos personales preparaban una Constitución presidencialista a su gusto.
Arturo Alessandri convocó a una Comisión consultiva, que abarcaba a todos los dirigentes políticos de izquierda y derecha incluyendo, incluso, a los trotskistas; en esta ocasión la presidía el jefe del Partido Conservador, Arturo Lyon, (sólo tuvo la oportunidad de reunirse una sola vez con los demás miembros de dicha Comisión); paralelamente trabajaba una Comisión pequeña, ad hoc, encargada real de redactar la Constitución, basada en los siguientes puntos:
Restringir las funciones de la Cámara de Diputados a la sola fiscalización del Ejecutivo.
Suprimir las interpelaciones, por consiguiente, el parlamento no podía ni convocar, ni sacar a un ministro de Estado.
Eliminar el voto de censura o voto de desconfianza.
Facultad del Presidente de la República para disolver el Congreso.
Establecer la incompatibilidad entre ser ministro de Estado y congresales.
Facultad parlamentaria para destituir al Presidente y a los ministros, previa acusación constitucional, que se iniciaría en la Cámara de Diputados, y el Senado actuará como jurado.(VIAL 538)
De todos estos puntos había uno que, especialmente, irritaba a los partidos parlamentaristas: era la disolución del Congreso por parte del Presidente de la República. Desde conservadores a comunistas, todos los partidos políticos eran partidarios del parlamentarismo, con algunas reformas.
En la única Constituyente en que el pueblo participó, en el mes de marzo de 1925, llamado el “Congreso Constituyente de Asalariados e Intelectuales”, integrado por mil congresales, el 45%, proletarios, el 20% empleados, el 20% profesores, el 7% estudiantes y el 8% de intelectuales y profesionales de diversas disciplinas.
Desde el punto de vista político en este Congreso Constituyente había comunistas, anarquistas y estudiantes de la FECH, incluso, se contaba con algunas mujeres intelectuales, (Amanda Labarca, Graciela Mandujano y Ernestina Pérez, ´primera mujer médica´, entre otras feministas.
Si bien este Congreso no redactó una Constitución, sí definieron algunos principios básicos: una Cámara única funcional, elegida por los gremios, y de mandato revocable; fomento gubernativo de la economía; moneda estable; represión contra agio, la usura y el robo; separación de la Iglesia y el Estado; confiscación de los bienes eclesiásticos, que se emplearían para la construcción de viviendas populares. El Presidente Alessandri y el Congreso hicieron caso omiso de estas ideas populares.
Los partidos políticos eran los principales enemigos del presidencialismo autoritario de Alessandri: lo acusaban de pretender la instalación de una dictadura, por consiguiente, eran partidarios de mantener la interpelación, la censura, (la caída del gabinete) y, sobre todo, las leyes periódicas, que antes habían servido para provocar la guerra civil de 1891.
En la Comisión paralela Alessandri había introducido a Mariano Navarrete, (Inspector General del Ejército), que contaba con mucho poder dentro de las Fuerzas Armadas.
Los partidos políticos se negaban a aprobar la Constitución de Alessandri quien, hábilmente, concedió el uso de la palabra al Inspector Navarrete y, en su discurso, dijo:
“El Ejército no permitirá que se haga tabla rasa de las finalidades por él perseguidas el 5 de septiembre y el 23 de enero; que retorne la ´orgía política causante de estos movimientos armados´. La liquidación de éstos no se halla concluida”.
Según el historiador Gonzalo Vial Correa “en la Comisión se armó una tremenda batahola, pero Alessandri dio por terminada la reunión…”( OP CIT 544 -546)
La Constitución de 1925 fue sometida a plebiscito el 18 de septiembre de este mismo año; al no existir la Cédula única, los votos eran de colores: rojo para el SÍ para esta nueva Constitución; el azul, para el parlamentarismo reformado; el blanco, para el rechazo total al plebiscito. De los 302.000 inscritos sólo votaron 135.000, el 44,9%; el 93% aprobó la Constitución de Alessandri, y sólo el 5% votó azul, a favor de la propuesta de los partidos políticos.
El presidencialismo se instaló en Chile en forma tan fraudulenta, tal como el parlamentarismo plutocrático, después de la guerra civil de 1891.
En Chile los textos de las distintas Cartas Magnas han surgido de guerras civiles o de golpes de Estado, pero siempre las ha impuesto “el sable” al servicio de la plutocracia. En el caso de la ilegítima Constitución de 1980, que rige hasta hoy, ha sido atada y bien atada por el veto de los dos tercios o bien, por las leyes de quorum calificado, por consiguiente, a la derecha sólo le basta un tercio para paralizar cualquier reforma.
En el próximo plebiscito, a realizarse el 25 de octubre, para aprobar cualquier artículo de la nueva Constitución se requieren los dos tercios, suponiendo que se apruebe un Congreso Constituyente completamente elegido por voto popular, y no la ridiculez de una Congreso mixto, con 75 parlamentario y 75 asambleístas elegidos. En todo caso, la plutocracia todavía tiene en sus manos las fórmulas para pretender el desvío y la trampa de la voluntad popular, o bien, imponer el veto.
Rafael Luis Gumucio Rivas (El Viejo)
08/09/2020
Bibliografía
Gonzalo, Vial, Historia de Chile, 1891-1973, Vol.3, Santillana.
Arturo, Alessandri Palma, Recuerdos de Gobierno, Nascimento.
Carlos, Vicuña Fuentes, La tiranía en Chile, Lom, 2000.