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Suprema condena a Krassnoff y otros agentes de la DINA por el secuestro de dos pobladores en 1974
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Los condenados, todos agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, se encuentran actualmente en penal Punta Peuco, donde cumplen condenas por distintos procesos de violaciones a los derechos humanos. El ex brigadier Miguel Krassnoff, suma más de mil años de cárcel.
La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema condenó a cinco ex militares y miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, por su participación en el secuestro calificado del trabajador de la construcción José Flores Rojas y Manuel Carter Lara, ambos dirigentes vecinales de la comuna de Peñalolén y militantes comunistas, hechos ocurridos a partir de agosto de 1974.
Los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Eduardo Gandulfo y Carlos Urquieta, condenaron al general de Ejército (r) César Manríquez Bravo y a los brigadieres (r) también de la rama castrense Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Octavio Espinoza, a la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio, como autores del delito de secuestro calificado de las víctimas; y a suboficial Pedro Araneda Araneda y Alejandro Astudillo Adonios, empleado civil del Ejército, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por el mismo delito.
De esta manera, el máximo tribunal confirmó, en lo penal, la sentencia de segunda instancia dictada por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en julio de 2023 y rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de uno de los ex uniformados.
Mencionar que todos los condenados se encuentran actualmente en penal Punta Peuco, donde cumplen condenas por distintos procesos de violaciones a los derechos humanos. De ellos, Krassnoff, suma más de mil años de cárcel.
Para la abogada querellante Carolina Vega, del Estudio Caucoto Abogados y representante de la familia de José Flores Rojas “la decisión de la Corte Suprema de rechazar el recurso de casación y confirmar la sentencia impugnada, me parece acertada. Es un gran avance en materia de justicia transicional”, señaló.
Agregando que “el sancionar a los responsables del secuestro de don José Flores Rojas y Manuel Carter Lara, es un hito significativo para la familia. Pues, han pasado casi 50 años y recién hoy las familias ven justicia, y obtienen verdad y reparación”, expresó Vega.
Los hechos
Que en el mes de agostos de 1974, el Gobierno Militar mantenía operativo un organismo de represión política, denominado Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, el cual tenía una estructura orgánica que contaba con medios propios y recintos de detención clandestinos, el que estaba a cargo de un Director General que ejercía el mando nacional y al cual estaban supeditados todos los integrantes. De las operaciones de la Dirección de Inteligencia Nacional, en la Región Metropolitana, estaba encargada la denominada Brigada de Inteligencia Metropolitana, BIM, que estaba al mando de un oficial de Ejército que contaba con una plana mayor que lo asesoraba en labores de inteligencia. Este nivel de estructura mantuvo contacto y canales de información con sus superiores, a quienes daba cuenta de su trabajo. Las operaciones eran desarrolladas por sus superiores a quienes daba cuenta de su trabajo. Las operaciones eran desarrolladas por agrupaciones, brigadas o equipos de trabajo, compuestas por miembros del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, Carabineros y de la Policía de Investigaciones, quienes utilizaban centros de detención para cumplir sus labores restrictivas y supresoras de derechos, los que eran custodiados por miembros de la DINA.
Una de estas agrupaciones fue la Brigada Caupolicán, de la cual dependía el grupo operativo Halcón, encargado de reprimir y suprimir a los militares de partidos contrarios al régimen militar, dirigida en ese entonces por un Teniente del Ejército.
En esas condiciones, Manuela Cartes Lara- 35 años de edad, obrero de la construcción- y Jose Segundo Flores Rojas- 40 años, peluquero- ambos militantes del Partido Comunista y representantes vecinales de la actual zona de Peñalolén, fueron detenidos en la madrugada del 23 de agosto de 1974, desde sus respectivos domicilios, ubicados en las calles las Parcelas e Ictinos, respectivamente, en la comuna de Peñalolén, a raíz de un operativo que se realizó en el sector por parte de la DINA asistidos por miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, jornada que incluyó el allanamiento de otros domicilios de vecinos del lugar.
De acuerdo a testimonios de detenidos sobrevivientes de los sucesos acaecidos a partir de aquella jornada, ambas víctimas, fueron vistos en fecha indeterminada al interior del cuartel de Villa Grimaldi, conocido también como Terranova, y posteriormente en el centro de detención de Cuatro Álamos, recintos reconocidos como parte de aquellos en que se mantuvo a personas privadas de libertad por el accionar de integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, siendo el último de estos lugares donde se le les pierde el rastro, ignorándose desde entonces su paradero así como la suerte que han corrido en su salud física, psíquica e integridad personal, a pesar de todos los esfuerzos desplegados para ubicarles.