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Corte Suprema confirma condena contra ex agentes de la CNI por el asesinato del profesor Alan Williams en 1985

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La Corte Suprema ratificó la condena contra nueve ex agentes de la disuelta Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en el homicidio calificado del profesor Alan Williams Rodríguez Pacheco. El crimen ocurrió en enero de 1985 en la comuna de Maipú, en el contexto de las sistemáticas violaciones a los derechos humanos perpetradas durante la dictadura militar.

En un fallo unánime (causa rol 10.237-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jean Pierre Matus, la ministra María Cristina Gajardo y el abogado Eduardo Gandulfo– rechazó los recursos de casación presentados por los condenados. De esta forma, confirmó las penas impuestas en instancias anteriores: 15 años de presidio efectivo para Álvaro Julio Federico Corbalán Castilla y Aquiles Mauricio González Cortés como autores del delito, y 10 años y un día para otros seis ex agentes en calidad de coautores.

Entre los sentenciados también figura Eduardo Avelino Fuenzalida Pérez, quien cumplirá una pena de 5 años y un día de presidio efectivo.

Rechazo a los recursos de casación

El fallo de la Corte Suprema establece que los argumentos presentados en los recursos de casación no lograron demostrar una vulneración de las leyes reguladoras de la prueba que tuviera influencia sustancial en el resultado de la sentencia. “Los jueces de instancia son soberanos en la fijación de los hechos y en la valoración de los medios de prueba acumulados en la causa”, señala el documento, destacando que el recurso careció de fundamentos concretos para cuestionar el fallo original.




El tribunal reafirmó que las leyes reguladoras de la prueba no fueron violentadas y que los elementos probatorios fueron debidamente ponderados por los jueces en instancias previas. Asimismo, rechazó un recurso específico presentado en nombre de Sylvia Oyarce Pinto, quien buscaba invalidar su condena alegando falta de pruebas que justificaran su calificación como coautora.

Ataque planificado y asesinato

La sentencia de primera instancia, dictada por el ministro Mario Carroza Espinosa, detalló los hechos que llevaron al asesinato de Alan Williams Rodríguez Pacheco. El profesor, de 28 años y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), vivía junto a su pareja, Emilia Rosa López Cifuentes, quien estaba embarazada en ese momento. La vivienda fue atacada el 3 de enero de 1985 por agentes de la CNI, quienes desde meses antes seguían sus movimientos.

El operativo incluyó un violento asalto al inmueble que duró aproximadamente media hora. Como resultado, Williams fue asesinado por un traumatismo cérvico torácico causado por heridas de bala, y su cuerpo fue posteriormente calcinado debido al uso de armamento de guerra que provocó un incendio.

La CNI, creada en 1977 como sucesora de la DINA, operó como un organismo represivo durante la dictadura de Augusto Pinochet. Su estructura, de naturaleza militar, incluía agentes de las Fuerzas Armadas y de orden, así como personal civil. La brigada responsable del ataque, conocida como Brigada Azul, tenía como objetivo principal reprimir al Movimiento de Izquierda Revolucionaria.

Este caso constituye otro avance en la lucha por justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos en Chile, reafirmando la responsabilidad de quienes participaron en crímenes de lesa humanidad. La ratificación de estas condenas marca un precedente importante en el reconocimiento de los derechos de las víctimas y sus familias.



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