En concreto: los TLC y la exportación de lo producido
Tiempo de lectura aprox: 3 minutos, 3 segundos
Desde hace mucho tiempo se ha pensado que el cobre que se produce en Chile debería procesarse en mayor medida dentro del territorio nacional para efectos de exportar un producto con un grado mayor de manufacturación y de valor agregado. Lo mismo se piensa hoy en día con relación al litio, respecto al cual se desearía exportar baterías de litio y no solo el litio en forma de carbonatos. Pero en la medida que las empresas productoras de litio o de cobre estén en manos de inversionistas extranjeros, la decisión sobre el destino de lo producido queda absolutamente en manos de la empresa correspondiente, sin que el estado chileno tenga autoridad como para imponerles que un determinado porcentaje de la producción tenga que canalizarse hacia el mercado interno.
Eso es así por obra de los Tratados de Libre Comercio firmados por Chile con muchos países o grupos de países, la mayoría de los cuales incluyen unas cláusulas denominadas “requisitos de desempeño”, en las cuales queda claro que las empresas extranjeras que se radiquen en el país no podrán ser obligadas a exportar una cierta proporción de lo producido, ni obligada tampoco a comprar en el mercado interno parte de sus insumos.
Veamos un ejemplo. El TLC firmado con Estados Unidos establece lo siguiente, en el Art 10.5
“1. Ninguna Parte podrá imponer ni hacer cumplir cualquiera de los siguientes requisitos: (a) exportar un determinado nivel o porcentaje de mercancías o servicios; (b) alcanzar un determinado grado o porcentaje de contenido nacional; (c) adquirir, utilizar u otorgar preferencia a mercancías producidas en su territorio, (e) restringir las ventas en su territorio de las mercancías o servicios que tal inversión produce o presta,; (f) transferir a una persona en su territorio tecnología, un proceso productivo u otro conocimiento de su propiedad;.”
Casi todos los TLC firmados por Chile contienen el mismo planteamiento, redactado más o menos con las mismas palabras.
Todo lo anterior pone de relieve que el inversionista extranjero no está obligado a generar relaciones hacia atrás ni hacia adelante con la economía nacional. Si los productores de cobre quieren exportar mineral, y no cobre elaborado, pueden hacerlo. Si los productores de litio quieren el día de mañana exportar carbonato de litio y no abastecer a las potenciales empresas productoras de baterías de litio, podrán hacerlo. En todo caso, en el caso del litio, si la empresa productora tiene un directorio con mayoría estatal, las cosas pueden ser diferentes, pero no todos los salares que se pondrán en explotación tendrán esa composición accionaria.
¿Que hacer frente a toda esta situación? Se podría pensar en denunciar o dejar sin efectos los TLC que tengan esa cláusula, pero eso sería una medida que tendría, hoy en día, más costos y desventajas para Chile que sus eventuales ventajas, pues se nos cerrarían mercados que son altamente importantes para la colocación de nuestra canasta de exportaciones. Eso puede, cambiar en un futuro cercano o lejano, si son nuestros socios los que toman la iniciativa de cerrarnos total o parcialmente mercados que se han comprometido a mantener abiertos.
Pero hay alternativas distintas, por la vía de las negociaciones. Por ejemplo, se podría convenir con las empresas extranjeras que se instalen en la explotación del litio que ellas no puedan hacer uso de la cláusula relativa a los requisitos de desempeño. Eso parece posible, dado que el litio tiene que pasar por un proceso de concesión, que es una herramienta que le da fortalezas negociadoras al gobierno de Chile.
Lo otro que se puede hacer, sin perjuicio de lo anterior, es tratar de negociar con el país, o con los países, firmantes de un determinado TLC, para efectos de lograr alguna modificación de los artículos relativos a los requisitos de desempeño. Una negociación de ese tipo, como prácticamente toda negociación, solo conduce al éxito si la contraparte logra conseguir algo a cambio de lo se le está pidiendo. Nadie va a conseguir nada apelando solamente a la buena voluntad entre los hombres. Todos los años se suele reunir una comisión mixta revisora de cada uno de los tratados, para analizar la marcha de los mismos. En esos encuentros sería posible que Chile dejara sentada su posición en términos de que esos artículos referidos a los requisitos de desempeño deberían modificarse de modo de darle más libertad de acción a la política comercial de cada país. Aun cuando eso no surta efectos inmediatos, en algún momento se podrían dar las condiciones como para que ello se haga viable, o al menos negociable. Lo importante es no hacer de esas reuniones anuales actos meramente rituales o sociales.
Además, en los futuros TLC que firme el país – si es que hay todavía algún país con el cual no hemos firmado ese tipo de acuerdo- sería bueno no incorporar ese tipo de cláusula. También es posible, aun cuando difícil, que se sumen voluntades a nivel latinoamericano como para que nadie firme más tratados de esa naturaleza, y para que todos empujen en la medida de sus posibilidades para que se modifiquen los tratados ya firmados. Eso nos daría más fuerza a todos y cada uno de los países de la región, y no hay que olvidar que, en última instancia, toda negociación es un despliegue de la fuerza relativa de cada uno de las partes negociadoras.
Sergio Arancibia