Columnistas Portada

“Para mentir y comer pescado…”

Tiempo de lectura aprox: 2 minutos, 32 segundos

En el mes de julio del año en curso, el Sr. Juez del Juzgado de Temuco, Don. Alvaro Mesa, pronunció una sentencia -tras 12 años de investigación- en que condenaba a 10 años de presidio incompresible al general Santiago Sinclair Oyaneder, conocido como el jefe militar de Valdivia que facilitó el accionar criminal de la Caravana de la Muerte, la cual aterrizó en Valdivia bajo las órdenes del General Arellano Stark como intermediario directo del dictador Pinochet.

Para ello, el Juez Mesa en su sentencia de primera instancia- había sopesado, sin duda, un hecho mayor, cuál era la plena vigencia de leyes internacionales que impiden la aplicación de rebajas de condenas cuando se trata de crímenes contra la Humanidad.

Sin embargo, con fecha 17 de septiembre del año en curso, la Corte de Apelaciones de Temuco dictó una sentencia judicial que ha provocado una enorme estupefacción entre quienes éramos los acusadores contra el grupo de militares y civiles, responsables en la Región de los Ríos, de los crímenes que esa región padeció tras el golpe militar de 1973.

Lo más impresionante ocurrido en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco ha sido el sobreseimiento de Santiago Sinclair Oyaneder – dado que, al momento actual, por razones de salud, resultaba imposible recabar cualquier testimonio a dicho general – lo más rápido y eficiente fue declararlo fuera del mundo de los humanos. Así entonces, los Sres. Ministros de la Corte optaron por dar crédito a un certificado, ciertamente “brujo”, de su defunción.

Desde luego, el eventual deceso de Santiago Sinclair habría constituido un hecho de noticia nacional pero nuestros jueces aceptaron, sin más, el riesgo de lo inaudito asumiendo la muerte de aquel “valiente soldado”. Sin embargo, para no caer en el ridículo, tuvieron la cautela necesaria de precisar en la sentencia que los sobreseimientos definitivos de Santiago Sinclair Oyanader y Marcelo Jara de La Maza, que rolan a fojas 4.813 y 5.147, suben “en consulta” dado que el fallecimiento de ellos – pese a que constaban en el libelo los respectivos certificados de defunción – necesitaban plena corroboración. Con todo respeto, podemos refrescarles a estos Sres. Jueces aquella graciosa frase del Teatro franco-español que reza: “los muertos que vos matasteis…gozan de buena salud”!

Pero no solo los generales aludidos fueron beneficiados con la benevolencia de los jueces temucanos. También, reconozcámoslo, hubo compasión para el personal militar subalterno. Hay constancia en la dicha sentencia del caso del exteniente Patricio Kellet Oyarzun al cual los jueces le han perdonado sus fechorías en virtud de la “irreprochable conducta anterior”. De nada valió hacer valer en el proceso los cheques protestados y las estafas consiguientes que obligaron a dicho teniente a abandonar el territorio nacional a la espera de mejores augurios. El certificado del Servicio de Investigaciones (Fojas 852 y 853, rol 3-2012) incluido entre las piezas del expediente judicial fue, para los jueces, solo una pieza anecdótica!

Nuestra reflexión sobre lo ocurrido tras conocer en sus detalles la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco nos llevó hacia una realidad a la que en su momento no le habíamos atribuido mayor importancia. En efecto, en los meses previos a la dictación de la sentencia de la Corte de Apelaciones, los querellantes constatamos una fuerte campaña de prensa en contra del Juez Don. Álvaro Mesa el cual atendía en ese entonces nuestra querella en el Juzgado de Temuco. El texto de prensa que encendió una fuerte campaña en contra del Juez Sr. Mesa, fue -de toda evidencia-, desatada por antiguos partidarios de la dictadura. Le enrostraban al juez que en sus resoluciones judiciales habría una manifiesta tendencia a inculpar a los “militares patriotas” del año 1973!. Juzguen mis actuales lectores tras conocer la transcripción que adjunto:

10 junio, 2024 at 21:32 publicada en el El LIBERO de Temuco: “El ministro Álvaro Mesa Latorre muestra en sus sentencias un sesgo político extremadamente marcado, demostrando que carece absolutamente de imparcialidad y que está inhabilitado para ser juez. Para dicho Ministro no importa si un militar o carabinero participó o no en el delito que se le imputa; para condenarlo no necesita pruebas, basta el hecho de que era uniformado. Sus sentencias son inconstitucionales, arbitrarias, ilegales y alucinantes, y superan todo límite”.

Nuestro presente comentario ayuda a reflexionar sobre cuán lejos estamos todavía en esta larga brega en busca de esa Justicia capaz de ilustrar verdaderamente la conciencia nacional. Alguien tiene que “ponerle el cascabel al gato” para lograr que, efectivamente, “las instituciones funcionan” como nos lo anunció, hace varios años atrás, un connotado ex-Presidente de la República.

A buen entendedor….pocas palabras!

Dr. Sandor Arancibia V.

Ex-Intendente de Valdivia

 

Ex-Intendente de Valdivia

Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *