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Tribunales de familia: ¿una máquina trituradora del vínculo entre padre/hijos?

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Dicen que por los tribunales de familia deambulan cientos de fantasmas de niños, como Ámbar y Francisca que no logran entender que fue lo que les pasó y que, sin embargo, fueron condenadas a morir por la pereza de quienes debían haberlas protegido.

Esta es una historia real y en la cual, por primera vez, no sé por dónde empezar. En este relato se confabulan malas intenciones, hechos accidentales, la casualidad, la pereza y una máquina burocrática que, cuando se echa a andar, no escucha razones y no se detiene hasta triturar padres y de paso destruir para siempre el vínculo con sus hijos.

Este caso lo conocí de cerca y dejó una huella indeleble en mi memoria. Un día cualquiera un padre que acompañó a la madre de su hijo por un incidente en el establecimiento donde estudia el niño que estaba siendo víctima de acoso sexual por parte de un compañero – le exhibía videos pornos y si el niño en cuestión se negaba a mirarlos lo adjetivaba de “gay” – es involucrado como protagonista de ese acoso. Pues bien, mientras se había formalizado la acusación contra el adolescente de los videos y al margen de todo proceso en estos casos la profesora jefa, quien no es parte del protocolo en cuestión decide por si, y ante sí, interrogar al acusado y confrontar al niño víctima del acoso con él acusado. En ese relato el delatado señala que la víctima le habría dicho que “no importa pues mi papá también ve videos porno y se masturba”. Bajo la presión de la madre quien ya había acusado al progenitor anteriormente por violencia intrafamiliar cargo del cual fue absuelto, el liceo hace una denuncia en el tribunal de familia local pues la madre, señala que ha puesto otra ya en fiscalía. Como para graficar lo absurdo de esta historia, seis días después esa misma madre envía al hijo con el supuesto padre agresor de vacaciones por diez días,

Y hete aquí como se pone en marcha esa máquina trituradora de relaciones padres-hijos. El juez que recibe el caso ordena al secretario técnico contactarse con ambos progenitores, situación que no ocurre con el padre. A la semana siguiente se instruye el alejamiento de éste de su hijo por 90 días y en esa resolución en dos párrafos el niño recibe un nombre distinto del real como si hubiese una plantilla estándar para realizar esa ficha, un copypast. Un mes más tarde el abogado representante del padre entrega diversas pruebas para el caso, entre ellas la larga intervención del que han sido objetos y la resolución de fiscalía que eximió al padre de la acusación anterior. Entre ellas, va, además, un informe de la disputa por cuidado personal en que un reporte de una entidad acreditada señala que el niño expresa que la mamá lo golpea, ella lo reconoce, pero el texto igual sugiere que el cuidado personal continue en manos de ella. La abogada que representó al padre en aquella ocasión le manifestó que “de haber sido tú, te habrían suspendido hasta las visitas”. Habla el curador y señala que el niño no dice nada y que volverá a hablar con él. A continuación, el curador se va con cincuenta días de licencia. Se mantiene la medida de alejamiento y se queda a la espera del informe clínico solicitado por el tribunal para citar próxima audiencia. En la resolución la magistrada pide al organismo que hará el informe contactarse con el padre quien, a esas alturas, lleva ya 40 días sin saber nada de su hijo. Pero nadie lo contacta.




Entre medio el padre hace una denuncia en superintendencia de educación por indebida aplicación del protocolo establecido por el liceo para estos casos y que derivó en la causa en tribunal de familia. La denuncia es admisible, ya que “se visualizan posibles incumplimientos a la normativa educacional, por lo que su caso será derivado a la unidad de fiscalización de nuestra oficina regional”. Sin embargo, lleva dos meses sin resolución definitiva a pesar del esfuerzo del progenitor por solicitar una respuesta definitiva.

Casi un mes después, nuestro protagonista luego de llamar varias veces a la institución logra finalmente ponerse en contacto con la directora de Fundación que hará el informe – la primera a la que se derivó ya no estaba en funcionamiento – y ésta le señala que al día siguiente lo entrevistará la asistente social que lo está elaborando. La trabajadora social lo llama y lo entrevista por video llamada durante 29 minutos. Cuando el padre le muestra los espacios de la casa para evidenciar que su hijo dispone de su propia habitación de su propia sala a de juegos que hace imposible que él le exhibiera videos, ésta registrara en el informe “que el padre hace ostentación de sus bienes materiales”, cuando el progenitor le muestra el libro que ha terminado su hijo y que él ha corregido y editado, el informe no recoge nada, por el contrario, cuando le habla del buen nivel cultural en que se desenvuelve el niño cuando esta con él, resume que “el padre hace gala de sus relaciones sociales y de sus estudios”.

Una semana después, muy temprano el progenitor recibe la noticia que lo dejará aquel día como zombie:  El informe concluye que “hay abuso sexual por parte del padre”, lo que derrumba ese día al hombre en cuestión. Por la tarde su abogado le señala que informe está plagado de errores, que no se corresponde con el informe clínico que ha solicitado el tribunal, que tiene errores de forma  y de fondo – no coinciden las fechas, diagnóstica al niño “con una discapacidad TEA”, no señala la metodología que adoptó para entrevistar al niño dada esa condición, no hay un registro de las fechas en que entrevistó al niño y de qué manera, así como que el relato construido está hecho sobre la base de la información proporcionada por la psicóloga que de manera particular, ha contratado la madre del niño, etc., etc., etc.”-  le señala al padre que busque un psicólogo con experiencia en el trabajo clínico para que realice un “meta informe” de ese reporte.

El padre en cuestión, al borde de derrumbarse, hace lo que su representante le pide y logra ubicar una psicóloga que pone en contacto con su abogado y que es quien realiza una investigación que demuele ese informe y que sugiere que muchas de las conclusiones del mismo están basadas en las entrevistas que la psicóloga que atiende al niño en forma particular y que paga su madre. Finalmente, el meta informe concluye que “Por medio de este análisis, hago constar que, de acuerdo con mi criterio profesional, el informe emitido por… contiene inconsistencias en relación con las acciones realizadas por la institución y no asegura la emisión de juicios diagnósticos por profesionales dentro de la red pública que pudiesen asegurar un proceso de indagación seguro, equitativo y transparente… – Se recomienda realizar una evaluación de habilidades parentales en profundidad y con ambos padres y redes extensas para asegurar la veracidad y transparencia del proceso en orden a realizar las acciones más pertinentes para el bienestar y cuidado del menor”.

Dos semanas después viene una nueva audiencia donde la magistrada, la secretaria técnica y el curador, admiten que el informe tiene errores, pero no quieren cambiar sus conclusiones que según la misma resolución del tribunal de ese día señala textual “sin embargo, el informe existe y es perjudicial para el progenitor”. El padre pide que el niño pueda hablar en libertad y autonomía pues en su criterio sospecha que en el entorno familiar materno no ha tenido esa posibilidad. Está pensando en ese momento en que su hijo, él y su madre sean objeto de una intervención como la que sugiere la psicóloga. Sin embargo, la magistrada decide entrevistar a solas al niño durante unos veinte minutos.  Luego llama a las partes y decide solicitar a la fundación “que aclare el informe en los términos que se han señalado por la consejera técnica, esto es, la fecha en la que se aplican los instrumentos de evaluación, la especificación de la metodología utilizada para recabar los antecedentes con los padres, con los niños y la psicóloga tratante, indicando también las fechas de aquellas aplicaciones metodológicas, también se indiquen los profesionales que participan en la evaluación que elabora el diagnóstico clínico especializado y por último indiquen la fuente que sustenta la apreciación de que el diagnóstico de trastorno del espectro autista es una discapacidad”.

Al salir el padre por primera vez percibe que lo escuchan y de inmediato en los días posteriores presenta un reclamo contra la fundación que elaboró el informe y solicita que su rectificación sea monitoreada por el servicio mejor niñez y a su vez presenta otra en la OIRS del Ministerio de Justicia. En la oportunidad en el servicio de protección a la niñez le enuncia a quien le atendió que: “llevo más de un millón de pesos gastados entre representación, exámenes, e informe, se imagina que habría sido de mi si ganara el sueldo mínimo. Ya me habrían triturado”. Pero recibe de ambas instituciones la respuesta estándar “siga participando”.

Hoy, casi un mes después de que se entregó el informe corregido, a casi 120 días sin ver a su hijo, luego de pedir entrevistarse varias veces con el director del Sename con otro nombre, sin éxito alguno, luego de buscar al curador unas cinco veces, se está a la espera de la aclaración del informe y de una próxima citación. El abogado representante del padre no está muy esperanzando y cree que el informe no aclarara mucho salvo corregir fechas.

Llega finalmente la esperada audiencia, de manera olímpica el tribunal sin explicitarlo no le otorga validez al informe de la entidad prestadora de servicios de la niñez. Se obvia la acusación de fondo y establecen compromisos, fechas y plazos para que el padre pudiese retomar el vínculo con su hijo. Pero el daño al niño, y en particular a su padre, ya está hecho.

Hace ya más de seis años al abandonar la fiscalía local luego de salir indemne del cargo de violencia intrafamiliar que le imputó su expareja, el mismo abogado que lo representa hoy, le manifestó al padre “cuídate, que la próxima denuncia es por abuso sexual contra tu hijo”, así como hace pocos días le anticipó que la que viene “es por aumento de la pensión de alimentos”.

Tribunales para mujeres.

Se preguntaba Michel Foucault en Vida de los hombres infames “qué es lo que no ha funcionado, o más bien qué es lo que ha hecho seguir funcionando esta máquina, que debería haberse detenido en cada trámite”: ¿por qué el equipo de convivencia del liceo en cuestión le da credibilidad a un relato interesado – el adolescente acusado – y más encima lo carea con el niño que acusa y pone en su boca palabras que él no ha dicho e inicia con ese testimonio, muy cuestionable, todo el embrollo? ¿por qué al tribunal no le llamó la atención que la madre que hace la denuncia en fiscalía luego envía a su hijo por diez días de vacaciones con su padre? ¿Por qué no se acogió el llamado del primer magistrado que recibió el caso en orden a contactarse con ambos padres? Seguramente era más fácil hacer copy past de una resolución anterior y alejar por noventa días al padre, que ya es casi medio año, ¿Por qué en la primera audiencia no se recogió el testimonio del curador – “el niño no ha dicho nada” – y haber reanudado las visitas con su padre al objeto de que el adolescente tuviera otro espacio de protección distinto al de su madre dada la evidencia de los juicios anteriores? ¿por qué en la audiencia siguiente, dada la evidencia sobre las irregularidades del informe, no se tomó la decisión de rehacerlo o acoger lo que el padre viene solicitando desde hace años; un informe pericial de la dirección de salud regional a ambos progenitores para determinar habilidades parentales? Emulando a Foucault de nuevo: hubo un poco de todo, pero en el fondo, y como argamasa de todo ello, algo a la vez simple y monstruoso: la pereza. Pereza de la justicia entera. La misma que en los tribunales de familia separa para siempre, a padres e hijos con gesto casi adormecido.

Es moneda corriente en los pasillos de los tribunales de familia, el único lugar donde no hay igualdad ante la ley entre mujeres y hombres y que llevó a un padre desesperado pedir cambiarse de sexo para tener posibilidades de compartir la custodia con su hijo, reconocer of the record que el sistema fracasó y que hace agua por todos lados, que a lo más sirve para las pensiones alimenticias. Que el modelo subsidiario de las fundaciones abarata costos, pero hace un trabajo pésimo e ineficiente; que el servicio de protección a la niñez funciona en oficinas alquiladas al mínimo de su capacidad para una institución que necesita muchas más logística, personal y presupuesto para hacer bien su trabajo, que opera con modelos de decisiones que no dan cuenta del caso a caso en tribunales que, además, están colapsados de denuncias. Y que, por cierto, deja a padres sin sus hijos y a estos últimos solos y abandonados a su propia suerte.   Es el Sename, pero con otro nombre.

Se preguntaba Einstein, ¿Si se podrían obtener resultados distintos si se sigue haciendo lo mismo?

 

 

Edison Ortiz

 

 



Edison Ortiz

Doctor en Historia. Profesor colaborador MGPP, Universidad de Santiago

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