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Corte Suprema condena a exoficial de la PDI por delitos de secuestro y homicidio de estudiantes de periodismo

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La Corte Suprema acogió un recurso de casación presentado por la parte querellante y, en una sentencia de reemplazo, condenó al exoficial de la Policía de Investigaciones (PDI) Nelson Byron Víctor Lillo Merodio por su participación en los delitos de secuestro calificado de los estudiantes de periodismo Juan Eduardo Jara Aravena y Cecilia Isabel Alzamora Vejares, y el homicidio calificado de Jara Aravena. Los crímenes fueron cometidos entre el 23 de julio y el 2 de agosto de 1980, en el contexto de las acciones del autodenominado Comando de Vengadores de Mártires (Covema), durante la dictadura civil militar .

La decisión, adoptada por la Segunda Sala de la Corte Suprema, estuvo integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, y los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo. En su fallo unánime (causa rol 52.015-2022), el tribunal condenó a Lillo Merodio a 10 años y un día de presidio por el homicidio calificado de Jara Aravena y a 5 años y un día por el secuestro calificado de ambos estudiantes.

Alevosía y secuestro calificado

El fallo de la Corte Suprema consideró que se cometió un error en la sentencia anterior al no reconocer la agravante de alevosía en el homicidio de Jara Aravena y al desestimar el secuestro calificado de Alzamora Vejares. Según el fallo, la víctima fue sometida a torturas físicas y psicológicas que le impidieron defenderse o escapar de sus captores, lo que configura la calificante de alevosía. Además, el tribunal señaló que Jara Aravena fue liberado en condiciones que dificultaban su acceso a ayuda oportuna, lo que contribuyó a su muerte.

El fallo también estableció que las víctimas fueron privadas de libertad de forma ilegal y sometidas a torturas durante su cautiverio, lo que cumple con los requisitos para configurar el delito de secuestro calificado.

Responsabilidad del exoficial Lillo Merodio

En cuanto a la responsabilidad de Lillo Merodio, el tribunal determinó que, como subprefecto de la PDI, tuvo un rol protagónico en la operación ilegal llevada a cabo por un grupo especial de la policía, que actuó bajo órdenes del alto mando. Lillo Merodio, junto a otros oficiales, encabezó las detenciones, interrogatorios y torturas a las que fueron sometidos Jara Aravena y Alzamora Vejares, así como otros militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

El fallo también aclara que, aunque Lillo Merodio no fue el ejecutor directo de las acciones, su posición jerárquica lo convierte en responsable del delito como autor mediato, dado que tenía control sobre los funcionarios que llevaron a cabo las detenciones y torturas.

Antecedentes del caso: El Comando de Vengadores de Mártires

El caso se enmarca en las acciones represivas del Comando de Vengadores de Mártires (Covema), una organización creada para responder al asesinato del teniente coronel Roger Vergara Campos, director de Inteligencia del Ejército, ocurrido el 15 de julio de 1980. Bajo este pretexto, la PDI conformó un grupo especial de funcionarios para investigar el crimen, aunque actuaron fuera de los procedimientos institucionales y legales, utilizando la tortura y el secuestro como métodos para obtener información sobre presuntos miembros del MIR.

El secuestro de Jara Aravena y Alzamora Vejares fue parte de una serie de detenciones ilegales perpetradas por este grupo, que también involucraron a otras personas vinculadas al MIR. Ambos estudiantes fueron detenidos el 23 de julio de 1980 en un operativo llevado a cabo por funcionarios vestidos de civil y armados, que los trasladaron al Cuartel Central de la PDI, donde fueron torturados.

El caso de Jara Aravena terminó en tragedia cuando, el 2 de agosto de 1980, fue liberado junto a Alzamora Vejares en un sitio eriazo de La Reina. Jara Aravena no sobrevivió a las torturas, y su cuerpo fue encontrado más tarde. Alzamora Vejares logró sobrevivir y testificó sobre los horrores que ambos vivieron durante su cautiverio.

Este fallo de la Corte Suprema es un paso importante en la búsqueda de justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar en Chile.

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