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Corte Suprema ordena la libertad inmediata de Facundo Jones Huala tras acoger recurso de amparo

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La Corte Suprema ha decidido, mediante un fallo de este viernes, ordenar la liberación inmediata de Francisco Facundo Jones Huala, quien había sido condenado por delitos de incendio y porte ilegal de arma de fuego en la región de Los Ríos. La resolución del máximo tribunal se basó en la aceptación de un recurso de amparo que argumentaba que Jones Huala ya había cumplido la totalidad de su pena.

El fallo, correspondiente al rol 28.341-2024 y dictado por la Segunda Sala de la Corte Suprema, fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Cristina Gajardo y los abogados (i) Juan Carlos Ferrada y Carlos Urquieta. En el fallo, se determinó que el tiempo en que Jones Huala estuvo detenido en Argentina durante el proceso de extradición debe ser considerado para el cumplimiento de su pena, lo que llevó a la conclusión de que la condena fue cumplida en su totalidad en junio de 2024.

En el análisis de la sentencia, se hace referencia al Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile, que establece que el tiempo de condena o el saldo pendiente de cumplir debe estar claramente delimitado al momento de solicitar la extradición. El tribunal determinó que, dado que Jones Huala cumplió el saldo de su condena en territorio chileno, la privación de su libertad en el país era ilegal.

El fallo también señala que, si bien tanto el tribunal requirente como el requerido deben observar las disposiciones internas, estas deben ser conciliadas con los instrumentos internacionales pertinentes. En este caso, el artículo 18 del Acuerdo de Extradición establece que las condiciones internas no deben contradecir lo acordado entre los Estados, y cualquier incumplimiento podría considerarse una violación a los tratados internacionales.




La sentencia concluye que el tiempo que Jones Huala debía cumplir según la extradición era de un año, cuatro meses y 17 días, de los cuales ya había cumplido 11 meses y cinco días en Argentina. Restando el tiempo abonado, solo quedaban 162 días por cumplir, lo cual se completó el 14 de junio de 2024. Por lo tanto, su detención posterior a esa fecha fue considerada ilegal.

Finalmente, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, dictada el 9 de julio de 2024, y declaró que el saldo de la pena de Francisco Facundo Jones Huala debe considerarse cumplido, ordenando su liberación inmediata



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