Chile al Día

Dos carabineros (r) condenados por asesinato de un estudiante y trabajador técnico en septiembre de 1973 

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Ambas víctimas fueron asesinadas en septiembre de 1973 por funcionarios de Carabineros  de la 8° Comisaría de Santiago y posteriormente lanzadas al caudal del río Zanjón de la Aguada. Después de 18 años sus cuerpos fueron encontrados e identificados en el Patio 29 del Cementerio General.

La ministra en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza, dictó sentencia de primera instancia en la causa que investiga el crimen de José Andrés García Lazo (29), técnico en televisión, y el estudiante Jorge Rodrigo Muñoz Mella (18), quienes fueron asesinado el 18 de septiembre de 1973, a manos de carabineros de la 8° Comisaría de Santiago.

De acuerdo a la investigación, las víctimas fueron detenidas,  asesinadas y luego lanzadas al caudal del río Zanjón de la Aguada, desde donde se les pierde su pista por años. En 1991 sus cuerpos fueron encontrados en el Patio 29 del Cementerio General.

Los hechos fueron considerados como constitutivos de delitos de homicidio calificado por la ministra Plaza y condenó al mayor (r) de Carabineros Carlos Gastón Manterola Miranda, en calidad de autor, a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo y al sargento (r) José Alejandro Cabrera Tapia, en calidad de cómplice, a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, otorgándole a éste último el beneficio de la libertad vigilada.

La abogada querellante, Andrea Gattini, del Estudio Caucoto Abogados, en representación de la cónyuge e hija de José  García Lazo señaló que «este crimen es una demostración de una situación inexplicable, de la crueldad y la irracionalidad con que se actuaba en los días posteriores al golpe de Estado. Dos jóvenes que se encontraban celebrando las fiestas patrias, sin militancia política, son asesinados a sangre fría por carabineros que luego suben los cuerpos a un carro y los tiran al caudal de un río para desaparecerlos y encubrir sus acciones. Sus familias no supieron de su paradero por 18 años, cuando les avisan que sus cuerpos fueron ingresados como NN al Patio 29 del Cementerio General”.

Gattini además expresó que “el dolor y el daño es irreparable. Esperamos que estas condenas se confirmen y se logre algo de justicia”.

Los hechos

 

La ministra Paola Plaza ha podido acreditar los siguiente hechos en su investigación, que  «El día 18 de septiembre de 1973, cerca de las 21:00 horas, Jorge Rodrigo Muñoz Mella, chileno, 18 años, soltero, estudiante, y José Andrés García Lazo, chileno, casado, 29 años, técnico en televisión, regresaban a casa del último de los nombrados, en horas del toque de queda, luego de haber estado celebrando fiestas patrias, pero antes de llegar al inmueble incitan desórdenes en la vía pública, lo que origina la molestia de una vecina que los denuncia a Carabineros que vigilaban en el sector el cumplimiento de la restricción horaria.

Es así como efectivos de Carabineros de la dotación de la 8º Comisaría de Santiago concurren al lugar y a pesar que los aludidos Jorge Muñoz Mella y José García ya se encontraban al interior del inmueble ubicado en calle Bascuñán Guerrero Nº 620, igualmente irrumpieron en él y por la fuerza les sacaron a la vía pública, donde son obligados a tenderse en el suelo y, aprovechando que se encontraban indefensos, dispararon en contra de ambos, acción que les provoca heridas graves que les causa la muerte al instante. Ya inertes, los cuerpos de Muñoz y García son subidos al furgón policial, en que los trasladan hasta el puente «Zanjón de la Aguada», donde los lanzan al caudal del río, resultando imposible su ubicación por parte de sus familiares, pese a haberlo buscado intensamente.

En el año 1991 son encontrados sus restos en el Patio 29 del Cementerio General de Santiago, a raíz de lo cual ambos fueron debidamente identificados como Jorge Rodrigo Muñoz Mella y José Andrés García Lazo, estableciéndose como causa de sus muertes, «heridas por arma de fuego y siendo la causa inmediata del fallecimiento un shock hemorrágico en el contexto de una muerte de etiología médica legal, violenta homicida».

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