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Corte Suprema rechaza recurso de nulidad contra condena de Héctor Llaitul

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La Corte Suprema de Chile rechazó este lunes 29 de julio el recurso de nulidad presentado por la defensa de Héctor Llaitul Carrillanca contra la sentencia que lo condena a una pena de 15 años de prisión efectiva. Llaitul Carrillanca fue encontrado culpable de delitos previstos en el artículo 6, letras c) y f), de la Ley N° 12.927 sobre Seguridad del Estado. Estos delitos fueron cometidos en enero de 2020, junio de 2020 y julio de 2022.

El fallo unánime (causa rol 17.661-2024) de la Segunda Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama Rebolledo, María Teresa Letelier Ramírez, Jean Pierre Matus Acuña, María Cristina Gajardo Harboe y Juan Manuel Muñoz Pardo, ratificó la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. Además de la pena de 15 años, Llaitul Carrillanca fue condenado a 5 años de prisión por hurto de madera en perjuicio de la empresa Forestal Cautín, 3 años de prisión por atentado contra la autoridad y una multa de 15 UTM por usurpación violenta.

El fallo detalla que los hechos probados demuestran que Llaitul Carrillanca incitó públicamente al sabotaje de instalaciones forestales, promoviendo actos de resistencia armada y violencia en sus discursos. Las expresiones del acusado en enero de 2020, junio de 2020 y julio de 2022 incitaron a ataques incendiarios y otros actos violentos, reivindicando estos actos como parte de una lucha política y territorial del pueblo mapuche.

El tribunal rechazó los argumentos de la defensa, que alegaban errores jurídicos y la culturalidad del pueblo mapuche como justificación para las acciones del acusado. La Corte sostuvo que los delitos cometidos no pueden ser excusados bajo la cultura o costumbres indígenas cuando estos contravienen derechos fundamentales y normas legales.

Finalmente, el fallo enfatiza que el Convenio 169 de la OIT, que reconoce las costumbres y normas indígenas, no puede ser utilizado para justificar actos violentos que atentan contra la seguridad del Estado y el orden público.

En consecuencia, la Corte Suprema decidió mantener la sentencia de 15 años de prisión efectiva para Héctor  Llaitul Carrillanca, rechazando el recurso de nulidad y confirmando todas las penas impuestas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco.

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