Los TLC y el procesamiento interno de nuestras riquezas naturales
Tiempo de lectura aprox: 1 minutos, 58 segundos
Chile exportó en el año recién pasado 23.814 millones de dólares en mineral de cobre y sus concentrados y solo 20.410 millones de dólares en cobre y sus manufacturas, según estadísticas internacionales de Trade Map. Todos querríamos que, en vez de exportar concentrados de cobre, que es la roca tal cual sale del yacimiento o de la mina, se pudiera exportar más cobre refinado, que tendría mayor valor agregado y probablemente arrojaría mayores ganancias para el país.
Pero hay algunas dificultades para caminar en esa senda. Aumentar la capacidad de refinación de cobre luce atrayente siempre y cuando Chile pudiera utilizar, para abastecer a esas eventuales nuevas industrias, todo o parte del concentrado de cobre que hoy en día se produce y se exporta. Pero si la gran minería del Cobre que está en manos de inversionistas extranjeros no quisieran vender su concentrado a las industrias chilenas, sino que quisiera seguir vendiendo aquello a las refinerías establecidas en otros países con las cuales tienen hoy en día viejas relaciones, Chile no tendría mecanismos legales como para obligarlo a vender, ni siquiera un determinado porcentaje de su producción, dentro del mercado nacional.
Los Tratados de Libre Comercio que se han firmado y aprobado, y los que están a punto de aprobarse en el parlamento chileno, establecen con claridad meridiana que al inversionista extranjero no se le puede imponer aquello en la jerga legal de esos tratados internacionales se denominan “requisitos de desempeño.” No se le puede imponer que venda un porcentaje determinado en el mercado interno. No se le puede imponer que venda al exterior una parte de su producción. No se le puede imponer que se abastezca de insumos, ni siquiera parcialmente, dentro del territorio nacional. No se le puede imponer que transfiera tecnología. No se le puede imponer que sus exportaciones sean mayores que sus importaciones, entre otras varias cosas que los gobiernos no pueden hacer. Los inversionistas nacionales sí que pueden ser objeto de disposiciones de esa naturaleza por parte del gobierno, pero el inversionista extranjero no. No hay, por lo tanto, el mismo trato de la ley para unos y para otros.
El TLC con la Unión Europea, que está a punto de ser discutido y eventualmente aprobado en el parlamento chileno también impone todo lo señalado. Por lo tanto, la posibilidad de contar con insumos nacionales para las eventuales nuevas empresas chilenas, no es tan seguro. Codelco, afortunadamente como empresa del estado chileno, podrá asegurar ese abastecimiento, por razones obvias. Pero las empresas que son inversiones extranjeras pueden decidir soberanamente no hacerlo. Ellas pueden seguir vendiendo sus concentrados a empresas internacionales que compran barato los concentrados y venden posteriormente caros los refinados – reproduciendo así una vieja división internacional del trabajo que se creía superada – todo lo cual se hace más posible cuando compradores y vendedores son empresas relacionadas. La compra de los concentrados permite también a las empresas refinadoras radicadas en el extranjero, obtener una serie de otros metales de alto valor que están presentes en las rocas exportadas.
Una cosa similar puede pasar con el litio. Eventuales empresas productoras de baterías no tendrán asegurada la provisión de litio chileno, en la medida que las empresas productoras de litio sean manejadas por empresas extranjeras. Solo las eventuales empresas estatales podrán asegurar esa provisión.
Estos asuntos son de la más alta importancia para el país y para su desarrollo futuro. Deberían, por ello, ser objeto de preocupación y de amplios debates nacionales. Ojalá puedan encontrar su lugar en la agenda nacional antes que sea demasiado tarde.
Sergio Arancibia