El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó este viernes un veredicto absolutorio en favor del ex cabo de Carabineros Sebastián Nicolás Zamora Soto, acusado por el Ministerio Público de ser autor del delito frustrado de homicidio, en relación a los eventos ocurridos en el puente Pío Nono en octubre de 2020.
En una resolución unánime (causa rol 76-2024), el tribunal, integrado por los magistrados Patricia Bründl Riumalló (presidenta), Erick Aravena Ibarra y Claudia Morgado Moscoso (redactora), decretó la absolución de Zamora Soto de los cargos formulados por la fiscalía y querellantes particulares, tanto de homicidio frustrado como de apremios ilegítimos.
La resolución detalla que el 2 de octubre de 2020 se desarrollaban manifestaciones en el sector de Plaza Baquedano. En respuesta, efectivos policiales se desplazaron al puente Pío Nono para dispersar la manifestación.
La sección 2.5 de Control de Orden Público, a cargo del teniente Eduardo Fernández Camiruaga y perteneciente al escuadrón 16, fue la encargada de estas operaciones. Zamora, parte de esta sección, fue identificado en el lugar y reconocido en las filmaciones por él mismo y otros policías.
Según la imputación, Zamora fue acusado de abalanzarse contra el adolescente identificado como Anthony, tomándolo con sus brazos y arrojándolo desde el puente Pío Nono hacia el río Mapocho. Sin embargo, el tribunal concluyó que la acusación no se sustentó adecuadamente en las pruebas presentadas.
El tribunal destacó que, aunque Anthony estuvo presente en el lugar y participó en actos «violentos» previos al incidente, las versiones sobre lo sucedido durante el incidente fueron contradictorias y generales. La fiscalía no logró precisar las acciones específicas atribuidas a Zamora, dificultando así la confirmación de la imputación original.
En consecuencia, el tribunal resolvió por unanimidad absolver a Sebastián Zamora de las acusaciones de homicidio frustrado y apremios ilegítimos.
El fallo ha generado una ola de críticas de diversos sectores políticos y organizaciones de derechos humanos, que consideran la decisión judicial como discutible y preocupante. Se cuestiona la imparcialidad y la rigurosidad del tribunal en evaluar las pruebas presentadas y se teme que este tipo de resoluciones puedan sentar precedentes peligrosos para la justicia en casos de violencia institucional.
Diversas voces argumentan que la absolución de Zamora podría enviar un mensaje de impunidad respecto a los abusos cometidos por las fuerzas policiales durante las protestas sociales. Se hace un llamado a una revisión exhaustiva de las pruebas y a un fortalecimiento de los mecanismos de rendición de cuentas para evitar que hechos similares queden sin una adecuada sanción.
La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por la jueza Claudia Morgado Moscoso, quedó programada para las 11 horas del próximo jueves 25 de julio. Se espera que este fallo y su fundamentación sigan siendo objeto de intenso debate y escrutinio público en los días venideros.
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La fiscalía, no pudo comprobar la acusaciones contra el carabinero y entonces rige la frase del derecho romano "in dubio pro reo" (en caso de dudas, en favor del acusado) y no creo que haya motivo para indignarse.