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Cámara rechaza reforma a Ley Zamudio: Movilh lo califica de retroceso civilizatorio

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La sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó este martes en general y en  segundo trámite la reforma a la Ley Zamudio, una propuesta que despachó el pasado 24 de enero la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios, siendo el hecho lamentado  por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), pero con reparos.

            La propuesta fue rechazada con 63 votos votos a favor, 69 en contra y 13 abstenciones.

            “Hoy volvimos al pasado, a la década del 90, a los momentos más oscuros para las personas LGBTIQ+ y los sectores discriminados. Congresistas de ultraderecha llegaron al extremo de calificar a las personas LGBTIQ+ como desviadas durante el debate en Sala. Estamos en presencia del peor escenario legislativo para la no discriminación del cual hemos tenido registro. Es, por donde se mire, un retroceso civilizatorio”, señaló el fundador del Movilh, Rolando Jiménez.

            Añadió que “hacemos un llamado a esa derecha que se dice liberal y a la DC a hacer honor al aprendizaje de las últimas tres décadas: nadie merece ser discriminado, ni insultado por sus características naturales o culturales. Hoy, buena parte del Parlamento se ha hecho eco de falsos argumentos y mentiras de la ultraderecha. Nada justifica ello. Exigimos a todos los sectores del Parlamento, que creen en la universalidad de los derechos humanos, a no ceder frente a fantasmas, prejuicios y odiosidades como ocurrió hoy”.

            Jiménez puntualizó que “no bajaremos las banderas. Seguiremos la lucha en Comisión Mixta. Desde ya llamamos a todas las personas y familias a protestar contra lo ocurrido hoy en la próxima marcha del Orgullo que convocamos para el 29 de junio a las 14:00 horas en Plaza Italia”.

 

            La reforma rechazada

Jiménez precisó que “entre las innovaciones más significativas de la reforma rechazada destaca que se creaba una institucionalidad  antidiscriminatoria y las víctimas podrían solicitar indemnización por el daño que sufran,  cuyo monto fijará el tribunal, además de obligar al demandado a explicar su accionar y  abrir la posibilidad de denunciar por expresiones y no solo por  actos discriminatorios”.

Junto con “elevar las multas máximas por discriminación  a beneficio fiscal, de 50 a 100 UTM, la reforma establecía que la agravante ya no aplicaría por estar los delitos “motivados” por discriminación, sino por la sola expresión de “rechazo o desvalorización” hacia algunas de las categorías protegidas por la ley, con lo cual iba dejar de ser (casi) imposible comprobar las exclusiones, como ocurre en la actualidad”.

El Movilh añadió que la reforma  rechazada “reforzaba además la obligación del Estado de implementar políticas contra la discriminación, encomendaba  a la Subsecretaría de Derechos Humanos el cumplimiento de la ley  y prohíbe las terapias reparativas de las orientaciones sexuales o identidades de género, un derecho ya garantizado de todas formas en la Ley de Salud Mental”

Al mismo tiempo, la reforma rechazada añade definiciones sobre “la discriminación indirecta; es decir la ocasionada por disposiciones o prácticas institucionalizadas; la discriminación múltiple o agravada, referente a quienes sufren o dos más formas de exclusión y la discriminación estructural relacionada con prácticas segregadoras que afectan a un grupo de personas”, explicó el Movilh.

“La acción de no discriminación arbitraria se efectúa, al igual como ocurre en la actualidad, ante un juez de letras, con la diferencia que con la propuesta rechazada se podía además estampar las denuncias instituciones o grupos de personas por hechos que les afecten de  manera individual o colectiva, subiendo de 3 a 4 meses el plazo para denunciar desde ocurridos los hechos”, finalizó Jiménez.

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