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Álgido debate en el Congreso: Proyecto sobre uso de la fuerza por policías y fuerzas armadas llega a etapa crucial

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Las comisiones unidas de Constitución y de Seguridad Ciudadana determinaron que un arma letal es aquella que, empleada conforme a su diseño  y destinación, tiene alta probabilidad de causar la muerte o lesiones graves. El grupo parlamentario votará este proyecto hoy hasta total despacho. 

Las comisiones unidas de Constitución y de Seguridad Ciudadana han estado inmersas en una intensa discusión sobre el proyecto de ley que regula el uso de la fuerza por parte de policías y fuerzas armadas, con el objetivo de respaldar a Carabineros de Chile. Este proyecto, identificado como boletín 15805, ha cobrado relevancia especialmente tras el trágico asesinato de tres funcionarios de la institución en Cañete, región del Biobío.

Uno de los puntos centrales del debate ha sido la definición de armamento letal y su aplicabilidad en situaciones críticas. Andrés Jouannet, representante de AMA, enfatizó la necesidad de que Carabineros y las FFAA puedan usar sus armas letales en casos de ataques directos. Raúl Leiva del PS, por otro lado, destacó que no todo puede regularse en el proyecto y que ciertos aspectos deben ser dejados al reglamento. Jorge Alessandri (UDI) planteó que muchas de las indicaciones del Ejecutivo son, más bien, restrictivas. “¿En qué momento van hablar de cuándo se puede disparar?”, cuestionó. A su vez, Alejandra Placencia (PC) comentó que el principio de responsabilidad es fundamental y no todo puede verse descontextualizado. “Las regulaciones no son restricciones y, además, varias de estas fueron respaldadas por las policías”, acotó.

La discusión también se extendió al uso de la fuerza potencialmente letal, con comisiones apoyando indicaciones que establecen condiciones claras para su aplicación, como el cumplimiento del deber, la legítima defensa, entre otros criterios.

Lo aprobado señala que “el uso de la fuerza potencialmente letal constituye una medida que procede sólo cuando resulten insuficientes las medidas establecidas en las etapas previas y justificada en caso de cumplimiento del deber, legítima defensa, cumplimiento de una orden judicial, con el objeto de detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad, para impedir su fuga o para la protección de infraestructura crítica, cuando exista peligro grave de verse afectada”.

Además, se respaldó una indicación de Luis Sánchez (PREP) que define que el uso de la fuerza debe adecuarse a los grados de resistencia o agresión, a los que se enfrente el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.

Sin embargo, hubo desacuerdo en cuanto a la implementación de reglamentos. Aunque se rechazó un artículo relacionado con esto, se acordó incluir propuestas transitorias para abordar estos aspectos en el marco normativo adecuado.

A pesar de estos avances, algunas propuestas del Ejecutivo no prosperaron, especialmente aquellas relacionadas con el tratamiento de personas detenidas y el uso de la fuerza por parte de efectivos policiales, consideradas ya reguladas por otras normativas.

El debate sigue siendo intenso, con diferentes posturas respecto a cómo regular de manera efectiva el uso de la fuerza en situaciones de conflicto, buscando equilibrar la protección de los derechos humanos con la necesidad de garantizar la seguridad y el orden público.

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  1. Serafín Rodríguez says:

    EN SÍNTESIS: Gracias a la incompetencia de gobierno y oposición en el manejo de los problemas migratorios, el narcotráfico, el desempleo y las relaciones con el pueblo mapuche en el contexto de políticas públicas insuficientes o fracasadas en cuanto a salud, educación, vivienda y pensiones, entre otras, Chile está a punto de convertirse en un estado policial.

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