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Histórico fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre los disparos perpetrados por los guardacostas griegos

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Expertos de la ONU* elogiaron la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) según la cual Grecia había violado el derecho a la vida de un refugiado sirio cuando sus guardacostas dispararon contra un barco que transportaba inmigrantes y solicitantes de asilo en 2014.

El tiroteo hirió al refugiado sirio, que murió después de meses en el hospital. La demanda ante el Tribunal Europeo con sede en Estrasburgo fue presentada por su esposa e hijos. En su sentencia publicada el 16 de enero de 2024, el tribunal dijo que Grecia había violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

“La sentencia en el caso Alkhatib contra Grecia marca un hito importante al reiterar las obligaciones de los Estados de respetar la vida de los migrantes en el mar”, dijeron los expertos.

El Tribunal concluyó que las autoridades griegas no habían establecido reglas claras sobre el uso potencialmente letal de armas de fuego en las operaciones de la Guardia Costera, y los guardacostas invocaron “reglas de enfrentamiento” de 1992 inéditas, obsoletas e inadecuadas. Grecia no logró establecer un marco legal adecuado y eficaz que rija el uso de fuerza potencialmente letal en su área de operaciones de vigilancia marítima, según el fallo, y agrega que las investigaciones sobre el incidente, llevadas a cabo por las autoridades nacionales, habían sido ineficaces.

Los expertos de la ONU han pedido continuamente a Grecia que cumpla con sus obligaciones bajo el derecho internacional de derechos humanos y el derecho internacional de refugiados, particularmente al interceptar barcos de inmigrantes en el Mar Mediterráneo y detener y extraditar a solicitantes de asilo y refugiados. Se refirieron al informe de 2017 del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias sobre la “Muerte ilegítima de refugiados y migrantes”. El informe se centra en las víctimas masivas de refugiados y migrantes y sugiere que se debe prestar especial atención a las mujeres, que podrían correr un mayor riesgo de muerte ilegítima.

En julio de 2022, en la sentencia Safi y otros contra Grecia, el TEDH encontró violaciones de los artículos 2 (el derecho a la vida) y 3 (la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes) del CEDH por parte de Grecia en el caso de un naufragio ocurrido durante un presunto retroceso en el Egeo, frente a la isla Farmakonisi, resultando en la muerte de 11 personas.

Expertos de la ONU expresaron su preocupación por la muerte de al menos 82 personas en el mar y probablemente hasta 600 personas presuntamente desaparecidas, incluidos al menos 100 niños y un número indeterminado de mujeres, tras el hundimiento del barco pesquero Adriana frente a la costa griega el 14 de junio. 2023.

“Los derechos de los migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, en particular el derecho a la vida y el principio de no devolución, siempre deben protegerse de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional de los refugiados. Su situación debe ser evaluada y procesada con base en los Principios y Directrices Recomendados sobre Derechos Humanos en las Fronteras Internacionales”, dijeron los expertos. Los Estados tienen el deber de rescatar sin demora a todas las personas que se encuentren en una situación de peligro en el mar, incluso en ausencia de una solicitud de ayuda de las personas a bordo del barco, dijeron. «Este es un principio fundamental del derecho internacional, que debe aplicarse sin discriminación, independientemente de la nacionalidad, el estatus o las circunstancias en las que se encuentren las personas en cuestión».

Los Estados tienen el deber de proteger a los migrantes que pueden correr un riesgo particular en las fronteras internacionales, como los niños, incluidos los niños no acompañados y separados, y las mujeres, incluidas las embarazadas y las madres lactantes, así como las personas que han sufrido abusos y violencia de género.

“A la luz de las repetidas tragedias en el mar, particularmente en el Mediterráneo, instamos a la Unión Europea, la Unión Africana y la Liga de Estados Árabes a trabajar juntas para lograr una solución viable y duradera que proteja adecuadamente a todos los migrantes, refugiados y solicitantes de asilo. solicitantes, incluso con base en las disposiciones del Pacto Mundial sobre Refugiados y el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular”, dijeron los expertos.

Los Estados deben cooperar internacionalmente y asumir la responsabilidad colectiva para salvar vidas y prevenir muertes y lesiones de migrantes mediante operaciones de búsqueda y rescate, dijeron los expertos. “Los Estados deben cumplir con su compromiso de identificar a quienes han muerto o desaparecidos, y facilitar la comunicación con las familias afectadas”, dijeron.

 

 

* Los expertos: Morris Tidball-Binz, Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Gehad Madi, Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes; Alice Jill Edwards, Relatora Especial sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; Sra. Ashwini K.P. Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; Sra. Dorothy Estrada Tanck (Presidenta), Sra. Claudia Flores, Sra. Ivana Krstić, Sra. Haina Lu y Sra. Laura Nyirinkindi, Grupo de Trabajo sobre discriminación contra mujeres y niñas; Sra. Aua Baldé (Presidenta-Relatora), Sra. Gabriella Citroni (Vicepresidenta), Sra. Angkhana Neelapaijit, Sra. Grażyna Baranowska, Sra. Ana Lorena Delgadillo Pérez, Grupo de Trabajo sobre desapariciones forzadas o involuntarias; Sra. Priya Gopalan (Presidenta-Relatora), Sr. Matthew Gillett (Vicepresidente de Comunicaciones), Sra. Miriam Estrada-Castillo y Sr. Mumba Malila – Grupo de trabajo sobre detención arbitraria

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Elena Rusca

Periodista, corresponsal en Ginebra

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