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Corte confirma condena contra carabineros que golpearon y dejaron con secuelas permanentes a Mario Acuña

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En un fallo que marca un precedente importante en la búsqueda de justicia y rendición de cuentas, la Corte de Apelaciones de San Miguel  rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa, confirmando la sentencia que condenó a dos funcionarios de Carabineros por su participación en apremios ilegítimos durante el estallido social de 2019 contra Mario Rigoberto Acuña Martínez, que resultó con secuelas funcionales permanentes y definitivas, lo que resultó en una inhabilidad laboral total e incapacidad para el autocuidado, entre otras lesiones.

Los acusados, Henry Gionanny Cuéllar Vega y Víctor Antonio Lastra Marguirott, enfrentan una condena de 12 años y 183 días de presidio efectivo por su rol como autores del delito consumado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. Este ilícito ocurrió en octubre de 2019 en la comuna de Buin y ha dejado secuelas permanentes en las víctimas, lo que subraya la importancia de este veredicto.

El fallo emitido de manera unánime por la Primera Sala del tribunal de alzada, compuesta por la ministra Alondra Castro Jiménez, la fiscal judicial Carla Troncoso Bustamante y el abogado (i) Carlos Espinoza Vidal, desechó las alegaciones de la defensa en relación a la supuesta vulneración de principios lógicos y contradicciones en la sentencia inicial emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo.

La resolución subraya que, tras un análisis exhaustivo de la sentencia y la evidencia presentada, no se encontraron infracciones denunciadas. El tribunal destacó la motivación precisa y certera en la decisión que atribuye responsabilidad a los acusados, y la sentencia explica de manera detallada las razones detrás de la valoración de la evidencia presentada y la desestimación de la misma. No se observa contradicción en los términos planteados, lo que valida la integridad del proceso.

En consecuencia, el tribunal resolvió rechazar el recurso de nulidad presentado por el abogado Tomás Reyes Arancibia, quien representaba a Henry Cuéllar Vega y Víctor Lastra Marguirott. La sentencia dictada el 3 de agosto de 2023 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo fue ratificada, concluyendo que ni la sentencia ni el juicio previo son nulos.

El caso en cuestión se relaciona con un episodio que ocurrió alrededor de las 23:15 horas del 23 de octubre de 2019, durante las manifestaciones ciudadanas en la comuna de Buin. En este contexto, un grupo de manifestantes pacíficos, entre ellos Mario Rigoberto Acuña Martínez, se encontraban en la calle Bajos de Matte con El Olmo. En ese momento, una patrulla de Carabineros de Chile, la Z-7076, llegó al lugar. A pesar de que no se presentaba ninguna conducta peligrosa por parte de los manifestantes, los funcionarios de Carabineros dispararon perdigones, hiriendo a varias personas.

En el mismo escenario, Henry Cuéllar Vega y Víctor Lastra Marguirott ingresaron a una plazoleta y golpearon violentamente a Mario Rigoberto Acuña Martínez, causándole graves traumatismos, incluyendo lesiones en el encéfalo y los nervios craneales, así como un traumatismo encéfalo craneano grave. Estas lesiones requirieron un tiempo significativo para su recuperación, entre 150 y 160 días, y dejaron secuelas funcionales permanentes y definitivas, lo que resultó en una inhabilidad laboral total e incapacidad para el autocuidado, entre otras lesiones.

Este fallo judicial refuerza la importancia de la rendición de cuentas y la justicia en casos de abuso de poder, especialmente cuando involucran a fuerzas de seguridad. Asimismo, subraya la necesidad de garantizar que se respeten los derechos fundamentales de los ciudadanos, incluso durante situaciones de protesta social. La sociedad chilena continúa buscando respuestas y justicia en un período tumultuoso de su historia reciente

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