Libertad de expresión y fake news
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Pues bien, lo que decíamos era que la protección contra el fuego de las estructuras de acero, es una obligación mundial y nacional, debido a que las edificaciones deben ser seguras para los usuarios y al ser un punto crucial es que no colapsen rápido, expresábamos que se deben proteger sus estructuras ante el fuego y que la solución de protección más utilizada es la pintura intumescente.
En nuestro país, la construcción de edificios está regulada por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), la cual establece que, en materia de seguridad contra incendios, hay que regirse por lo establecido en la OGUC, reglamento que contiene un capítulo dedicado al respecto. Ahí se alude a la norma NCh935/1, vigente del año 1997, que establece que para proteger los aceros se debe considerar el factor de forma, comúnmente llamado masividad, el cual se calcula fácilmente con el cociente entre el perímetro y el área expuesta al fuego de la sección transversal del elemento de acero.
Señalábamos que la Dirección de Arquitectura del MOP tiene conocimiento que hace más de un año no exige la norma NCh935/1 y, aunque el lector no lo crea, está recibiendo y entregando edificios públicos inseguros para sus habilitaciones y de paso, produciendo un ingente fraude al Fisco. Es fundamental que el Contralor General de la República y el Fiscal Nacional, se preocupen de este asunto y en tal sentido debemos recordar lo sucedido con el Estadio Municipal de San Antonio que los diputados están fiscalizando. La cárcel de Talca que le costó al erario nacional la friolera de $ 120 mil millones no puede operar por incumplir estas normas.
Existe el dictamen N° E359470/2023, de la Contraloría General de Magallanes, donde el plazo entregado al municipio expiró y no se cumplió. Entonces esperamos que dicho contralor regional adopte rápido las acciones respectivas, haciendo los sumarios correspondientes y remitiendo la documentación al Consejo de Defensa del Estado (CDE) y a la Fiscalía para que ambos organismos ejerzan sus atribuciones. Los dictámenes de Araucanía, N° E337825/2023 y N° E383334/2023, resolvieron que ciertas obras públicas carecen de la seguridad contra incendios y están recibidas (sic), razón más que suficiente para que el ente fiscalizador investigue lo acontecido con esas instalaciones.
Por lo relatado sucintamente, estamos conformes con nuestro rol, pues con la denuncia a cara descubierta sobre este tipo de pinturas especiales, publicada en días pasados por algunos medios independientes, el gobierno de Boric, posiblemente por asemejarse más al de Bachelet que al de Piñera, o bien porque aquilató en su justa dimensión lo que está ocurriendo en este delicado ámbito de materias, actuará en el sentido correcto. El hecho de que los medios tradicionales no lo hayan querido abordar no merece mayores comentarios.
Finalmente, la libertad de expresión es indispensable y aceptamos que los medios de derecha aborden sus noticias como los plazca y por ello las fake news siempre existirán, siendo tarea de los medios comprometidos con la verdad para dejarlas al descubierto. Ahora bien, dado que las personas, las instituciones y los gobiernos se mueven por sus propias convicciones y conveniencias, se concluye que las actuaciones inapropiadas de los medios de prensa dominantes en Chile, son similares a las que utiliza la prensa occidental, cuando publica noticias amañadas sobre los deplorables conflictos armados entre Rusia y Ucrania y entre Israel y Hamás, extremista grupo gobernante en la palestina Franja de Gaza.
Patricio Herman
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