Tribunal de Juicio Oral en lo Penal declara culpable a militares que mataron a Romario Veloz en La Serena en 2019
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En un fallo que marca un precedente en la búsqueda de justicia y rendición de cuentas en Chile, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena emitió este miércoles un veredicto condenatorio en relación a los hechos de violencia innecesaria ocurridos en octubre de 2019, en las cercanías del mall Plaza de la ciudad. Los acusados, miembros del Ejército chileno, fueron declarados culpables de delitos graves que resultaron en la muerte del joven Romario Veloz.
La sentencia unánime, dictaminada por los magistrados Ana Marcela Alfaro Cortés, María Inés Devoto Torres y Carlos Manque Tapia (redactor), estableció la culpabilidad de los acusados y validó la ocurrencia de los delitos imputados. Los condenados son José Santiago Faúndez Sepúlveda (capitán a cargo del operativo) y los soldados José Andrés Arenas Mancilla, Carlos Javier Robledo Olguín y Milovan Alejandro Rojas Barrera, que dejaron a dos personas lesionadas y un fallecido.
El tribunal concluyó que en octubre de 2019, durante el estado de excepción constitucional de emergencia declarado en las comunas de La Serena y Coquimbo, el capitán Faúndez asumió el mando de la Unidad Fundamental de Emergencia (UFE N°1) para controlar el orden público y prevenir daños. En ese contexto, se desplegaron secciones militares en las inmediaciones del mall Plaza, donde se desarrollaba una manifestación.
Cuando algunas tiendas del mall fueron saqueadas, el capitán ordenó el despliegue de tiradores y la conformación en cadena de escuadras militares para disuadir a los infractores. Sin embargo, a pesar de haber logrado este objetivo, el capitán ordenó el avance de las líneas en cadenas, lo que resultó en disparos con munición real hacia civiles presentes en la manifestación.
El veredicto establece que el conscripto Rojas Barrera disparó munición real, impactando en Romario y causándole graves lesiones. A pesar de la presencia de heridos, el capitán Faúndez no brindó asistencia médica y ordenó el repliegue de las escuadras. Posteriormente, a causa de una segunda orden de fuego, el conscripto Robledo Olguín disparó con munición de guerra, resultando en la muerte de Romario Veloz.
En la última secuencia de disparos, el cabo José Andrés Arenas Mancilla disparó munición de guerra y causó lesiones graves a C.A.V.C., quien estuvo en peligro de muerte debido a la falta de atención médica oportuna.
La sentencia destaca que los acusados actuaron en el ejercicio de funciones militares empleando violencia innecesaria para la ejecución de los actos, a pesar de que ya se había logrado el objetivo de mantener la presencia militar y garantizar la seguridad. Los magistrados concluyeron que los acusados eran autores ejecutores de los delitos, teniendo pleno conocimiento de las circunstancias y de las consecuencias de sus acciones.
La lectura de la sentencia está programada para el martes 12 de septiembre próximo. Este fallo marca un paso importante en la búsqueda de justicia y verdad en Chile, al responsabilizar a miembros del Ejército por actos que resultaron en la muerte y lesiones graves de civiles en un contexto de manifestación y estado de excepción.