En un fallo judicial por violaciones a los derechos humanos en Chile, el ministro en visita extraordinaria Max Cancino Cancino de la Corte de Apelaciones de Valparaíso ha condenado a tres exmiembros en retiro de la Armada por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño de David Emilio Navia Burgos, cometido en abril de 1974.
El fallo, emitido en el contexto de la causa rol 215-2016, ha llevado a la condena de Valentín Evaristo Riquelme Villalobos, Juan de Dios Reyes Basaur y Héctor Vicente Santibáñez Obreque. Los tres exuniformados han sido sentenciados a penas de 5 años y un día de presidio efectivo, además de recibir accesorias legales que implican la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, la privación de derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el período de las condenas. El tribunal ha calificado a los condenados como autores del delito.
El fallo del ministro Cancino Cancino también decreta la absolución de los acusados respecto a los cargos de aplicación de tormentos, desestimando las alegaciones de prescripción y amnistía presentadas por la defensa de los condenados.
El veredicto establece que existió una agrupación de inteligencia militar denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI), que operó activamente desde el golpe de estado en septiembre de 1973. Dicha agrupación estaba compuesta por agentes de diferentes ramas de la defensa nacional, incluyendo a funcionarios de la Armada de Chile. El propósito principal de esta entidad era reprimir a personas opositoras al régimen militar, llevándolas a cabo mediante detenciones, privación de libertad y torturas físicas y psicológicas.
En el caso específico de David Emilio Navia Burgos, el fallo establece que fue detenido en abril de 1974 por ser simpatizante del Movimiento Izquierdista Revolucionario. Fue conducido al Cuartel Silva Palma en Valparaíso, donde enfrentó interrogatorios y torturas por parte de un grupo de interrogadores coordinados por los mandos militares. Durante su detención, Navia Burgos fue sometido a diversas técnicas de tortura, como la aplicación de corriente eléctrica, golpes y amenazas de violencia.
Tras su detención y tortura, Navia Burgos fue trasladado a un recinto de detención en Puchuncaví, donde permaneció hasta ser puesto a disposición de la Fiscalía Naval en mayo de 1974 y finalmente obtuvo su libertad provisional en septiembre de ese mismo año.
Este fallo judicial representa un paso significativo en la búsqueda de justicia por las víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura en Chile. La condena de los exmiembros de la Armada por secuestro y tortura reafirma el compromiso del sistema judicial chileno de enfrentar los crímenes del pasado y garantizar la rendición de cuentas por los actos de violencia cometidos en aquellos años oscuros de la historia del país.
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No pensábamos que habría aunque fuera algo de justicia. Cuando me torturaron en el Silva Palma me aplicaron la tortura que llamaban "de la carne molida" dirigida por un miembro de Investigaciones