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Corte Suprema confirma desafuero de la diputada María Luisa Cordero por injurias con publicidad

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El sistema judicial chileno ha emitido dos decisiones trascendentales que resaltan la importancia de la integridad y el respeto en el ámbito político y público. En estos fallos, la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago han confirmado el desafuero de la diputada María Luisa Cordero Velásquez por acusaciones de injurias con publicidad. Estas decisiones subrayan la relevancia de mantener un estándar ético y de responsabilidad en la esfera política y destacan el compromiso de la justicia en garantizar la dignidad de las personas, incluso en medio de la confrontación política.

Tras el fallo de la Corte de Apelaciones, el caso fue elevado a la Corte Suprema de Chile. En una decisión de mayoría, el Pleno del máximo tribunal confirmó este lunes la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, lo que resultó en el desafuero de la diputada Cordero Velásquez. Esta decisión subraya la consistencia en la apreciación de los hechos y la interpretación legal por parte de las instancias judiciales involucradas.

La Corte Suprema, al ratificar la determinación de desafuero, enfatiza la responsabilidad y la ética que se espera de los representantes electos. El fallo subraya la relevancia de preservar la dignidad y el respeto hacia todas las personas, sin importar sus diferencias o afiliaciones políticas.

La Sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago

En un veredicto emitido el 20 de junio pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago respondió a una solicitud de desafuero presentada por la senadora Fabiola Andrea Campillai Rojas en contra de la diputada María Luisa Cordero Velásquez. La causa, relacionada con el delito de injurias con publicidad, atrajo la atención por la naturaleza de las acusaciones y su impacto en el ambiente político.

El tribunal de alzada, en un fallo de mayoría, determinó que los elementos necesarios para desaforar a la diputada Cordero estaban presentes y justificaban la apertura de un proceso en su contra. El tribunal sostuvo que el «animus injuriandi», es decir, la intención de injuriar, estaba claramente presente en las declaraciones de la diputada. Además, se estableció que el estándar requerido para el desafuero de un legislador era equivalente al que se aplica para medidas cautelares en general.

En este caso, las declaraciones realizadas por la diputada Cordero en medios de comunicación, específicamente en el programa radial «Sentido Común» y en un sitio web, fueron consideradas injuriosas hacia la senadora Campillai. Las acusaciones vertidas cuestionaban la discapacidad visual de la senadora y la acusaban de mendacidad y engaño en relación con su condición de no vidente. A pesar de las alegaciones médicas presentadas por la diputada querellada, la corte consideró que estas no lograban desvirtuar el intento de deshonrar y menoscabar la dignidad de la senadora.

El tribunal también destacó la existencia de la injuria encubierta, donde expresiones aparentemente inocentes ocultan un significado injurioso. En este caso, las declaraciones de la diputada Cordero se consideraron injuriosas debido a los antecedentes presentados, como el registro audiovisual de los hechos y la sentencia previa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, que confirmó la ceguera total de la senadora Campillai.

 

Estos fallos judiciales sobre el desafuero de la diputada Cordero Velásquez por injurias con publicidad resaltan la importancia de mantener un estándar ético elevado en el ámbito político y público. La decisión de las cortes subraya la necesidad de que los representantes electos actúen con responsabilidad y respeto hacia sus colegas y hacia la sociedad en general. La confirmación del desafuero por parte de la Corte Suprema refuerza el compromiso de la justicia en salvaguardar la dignidad y la integridad de todas las personas, incluso en medio del acalorado debate político. Estos fallos sirven como recordatorio de que la libertad de expresión conlleva la responsabilidad de ejercerla de manera consciente y respetuosa.

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  1. Gino Vallega says:

    Que se aplique igualmente a todos los/las lujuriosos ; Gonzalo dela Carrera, Kaiser y otra docena de lugartenientes ultraderechistas que se expresan casi solamente con injurias a quien se les acerque!

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