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Corte Suprema sentencia a 14 agentes de la DINA por crímenes de lesa humanidad

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En un fallo histórico, la Corte Suprema ha condenado a 14 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en delitos de secuestro calificado y homicidio calificado. Estos crímenes fueron cometidos entre abril y agosto de 1976, en la Región Metropolitana. La resolución de la Segunda Sala del máximo tribunal revocó la sentencia previa, que aplicó la media prescripción, y estableció la aplicabilidad de normativa internacional de derechos humanos que impide la prescripción de este tipo de delitos.

El juicio y las condenas: En un fallo unánime, la Corte Suprema dictó condenas para los agentes de la DINA involucrados en estos crímenes. Pedro Octavio Espinoza Bravo y Jorge Andrade Gómez recibieron penas de 15 años y un día y 10 años y un día de presidio, respectivamente, como autores de secuestro calificado y homicidio calificado. Rolf Wenderoth Pozo fue condenado a 10 años y un día de presidio, como autor de tres secuestros calificados y un homicidio calificado. Juan Morales Salgado y Gladys Calderón Carreño recibieron penas de 10 años y un día de presidio como autores de seis secuestros calificados. Otros implicados, como Sergio Escalona Acuña, Juvenal Piña Garrido, Jorge Díaz Radulovich y Gustavo Guerrero Aguilera, fueron condenados a 5 años y un día de presidio como autores de un solo caso de secuestro calificado. Asimismo, varios agentes fueron condenados como cómplices de los delitos.

La prescripción y la normativa internacional de derechos humanos

En el fallo, la Corte Suprema desestimó la media prescripción y resaltó que la materia en discusión debe ser analizada conforme a la normativa internacional de derechos humanos, la cual impide la prescripción total o gradual de delitos cometidos en casos de conflictos armados sin carácter internacional. La resolución hace referencia a las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, que establecen la imprescriptibilidad de estos crímenes. También se mencionan los Convenios de Ginebra, que tienen un papel importante en este contexto.

Principio de proporcionalidad de la pena

El fallo de la Corte Suprema argumenta que la estimación de la prescripción gradual en casos de crímenes de lesa humanidad afecta el principio de proporcionalidad de la pena. La gravedad de los hechos perpetrados con la intervención de agentes del Estado exige una respuesta coherente con la afectación del bien jurídico y la culpabilidad con la que actuaron. Por tanto, la aplicación de la prescripción gradual sería improcedente en este tipo de delitos.

Indemnización a familiares de las víctimas

Además de las condenas a los agentes, la Corte Suprema ordenó al fisco de Chile pagar una indemnización total de $680.000.0000 por concepto de daño moral a los familiares de las víctimas, reconociendo así el sufrimiento y las consecuencias de los crímenes cometidos.

Las víctimas son: Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia Mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate y Julio Roberto Vega Vega y  Eduardo Canteros Prado.

El fallo de la Corte Suprema de Chile representa un hito en la lucha por la justicia y los derechos humanos. La sentencia establece la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y pone de manifiesto el compromiso del país con la sanción de los responsables de crímenes tan atroces cometidos en el pasado. Este fallo no solo busca hacer justicia a las víctimas y sus familias, sino que también envía un mensaje contundente sobre el rechazo a la impunidad y la protección de los derechos humanos en Chile y en el ámbito internacional. La memoria de las víctimas y el dolor de sus seres queridos han sido reconocidos en esta condena histórica que busca contribuir a la paz y seguridad internacionales.

 



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