Los bancos no pueden financiar proyectos de violan el medio ambiente
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Este instrumento de planificación urbana, vigente desde el año 2022, fijó para toda la zona norte (AU) de las comunas de Iquique y Alto Hospicio una densidad de 800 (200 viviendas) hab/ha y en el caso de la comuna de Huara 200 (50 viviendas) hab/ha, según su artículo 2.4.1. “Densidades Máximas” y por ello la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Iquique y de Alto Hospicio, desde la entrada en vigencia del mismo, comenzó a emitir los Certificados de Informaciones Previas (CIP) fijando tal densidad a los solicitantes que deseaban construir.
Como esos guarismos no eran atractivos para ejecutarse lucrativos proyectos inmobiliarios, algunos avispados empresarios se consiguieron los «buenos oficios» de una particular determinada para que le formulara una «consulta» al Seremi Minvu de Tarapacá, en búsqueda de una aclaración, pues con esa reducida densidad era imposible invertir. La autoridad regional de gobierno respondió el 12/09/2022 lo que era esperable, informándole que, conforme a una Circular de la División de Desarrollo Urbano (DDU) del Minvu «cuando un instrumento de planificación superior, fija una densidad menor o un promedio de densidad menor que el contenido en un Plan Regulador Comunal (PRC), éste deberá adecuarse a la menor densidad en la «siguiente modificación» (sic). Un día después de esa amañada interpretación, luego el 13/09/2022, cumplida su misión, ese funcionario renunció voluntariamente a su cargo.
Con tal ingeniosa movida, se ha permitido la aprobación de más de una veintena de permisos de torres por sobre los 25 pisos en la calle Balmaceda, como en toda la zona “norte” de las comunas de Iquique y Alto Hospicio debido a que allí en los PRC existe densidad libre. Debemos tener presente que el aludido Plan Regulador Intercomunal tiene preeminencia sobre los PRC, luego todas esas autorizaciones vulneran la legislación respectiva, asunto que aparentemente los funcionarios de Boric en esa región desconocían. Debido a que el benevolente acto administrativo de dicho Seremi no fue a la toma de razón de la Contraloría, el contralor regional de Tarapacá no lo ha objetado.
Ahora bien, si se llegaran a edificar esas voluminosas y elevadas torres con vistas al mar y con densidades muy superiores a las contenidas en el Plan Regulador Intercomunal de Costero de Tarapacá, se afectaría fuertemente la vialidad del sector, con un aumento de la congestión, con proyección indebida de las sombras a las propiedades vecinas, aumento de ruidos en los múltiples procesos de construcción, etc. etc. En síntesis, se producirían innumerables impactos ambientales negativos y por ello, conforme a las normas vigentes contenidas en Basilea 3, las autoridades de superior rango, tal como se refleja en la NCG N° 461, cuyo custodio es la Comisión para el Mercado Financiero, tendrán que tomar cartas en el asunto.
En todo caso, si se llegara a configurar una nueva impunidad, aunque ello sería difícil porque la Contraloría determinará que las autorizaciones de permisos se deberán invalidar, los distintos bancos que están financiando estos negocios, deberán aumentar las provisiones al 100% equivalentes al monto de los préstamos cursados a la fecha y que, tales provisiones, se mantengan hasta que sean reparados totalmente los daños ambientales, tal como exige Basilea 3. También sería necesario que el Banco Central, con los antecedentes proporcionados, les «tire las orejas» a las instituciones prestamistas, por haber aprobado operaciones que ya se habían cuestionado, sobre todo las de Iquique.
Finalmente, quien suscribe, ya trató este delicado asunto con el competente arquitecto Diego Rebolledo, nuevo Seremi Minvu en Tarapacá, quien debiera impartir instrucciones a sus dependientes funcionarios municipales de las aludidas 3 comunas, exigiéndoles que el instrumento normativo intercomunal se debe respetar obligatoriamente, aunque algunos influyentes privados pongan el grito en el cielo.
Por Patricio Herman
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