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Derechos de la naturaleza y la naturaleza misma de un país:  Trazos del ecofeminismo en la nueva propuesta constitucional para Chile

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Chile está a las puertas de una fecha decidora para su futuro cuando, el 4 de septiembre, las y los ciudadanos determinarán en un plebiscito nacional, si mantener el legado más arraigado de la dictadura cívica-militar o abrir un nuevo camino.  Para quienes anhelan  transformar el país, quizás ningún aspecto de la propuesta apunta más directamente al corazón de la constitución de 1980 que sus incisos medioambientales.

 

Un lenguaje que fortalece la protección medioambiental enhebra diferentes asuntos por todo el texto. Como reflejo de su introducción por cinco de las siete comisiones de la convención, se  encuentran no solo en los artículos directamente relacionados a los recursos naturales, gestión del agua, y protección de ecosistemas, sino también vinculados a la economía, educación, propiedad y gobierno. Solo el lenguaje relacionado a paridad de género cruce la nueva constitución tan transversalmente como la temática medioambiental. A partir del Artículo 1 que declara Chile una “democracia inclusiva y paritaria,” en “relación indisoluble con la naturaleza,“ ambos principios parecieran ir mano a mano.  Esto no es casual.

 

El estallido social de octubre 2019 que se volcó hacia el proceso constituyente fue la culminación de años de estallidos sociales y políticos anteriores. Con la “revolución pingüino” de los estudiantes y el movimiento contra los fondos de pensión AFP, las exigencias sociales se realizaron a fuego lento. Pero los movimientos medioambientalistas y feministas llegaron a hervir.

 

Casi diez años antes de aquel octubre del 2019, medio millón de personas habían colmado las calles de Chile para repudiar al proyecto HydroAysen, que proponía construir cinco represas en las prístinas cuencas de la Patagonia. Después de muchos años de audiencias, las empresas renunciaron a los derechos de agua que habían adquirido. Esto infundió mayor conciencia medioambiental en todo el país.




 

Y dos meses antes de las elecciones de las convencionales constituyentes, el 8 de marzo de 2020, mas de un millón de mujeres llenaron las calles de Santiago y otras ciudades de Chile, en lo que se conoce como el histórico 8M, la última de las movilizaciones callejeras en la alborada de la pandemia.

 

Samuel Leiva, coordinador de la Sociedad Civil por la Acción Climática (SCAC), que agrupa cuarenta organizaciones, dice: “Las agendas medioambiental y feministas terminaron imbricándose en 2018 y luego consolidándose en las demandas concretas sociales del estallido del 2019”.  Y agrega, “Si bien al principio estábamos enfocados en demandar al gobierno, rápidamente los grupos medioambientales y feministas empezamos a sintetizar las demandas. Se cruzaron estas dos agendas que estaban por cambios a largo plazo. Porque al final del día, la principal obstrucción a los cambios era la Constitución, la base del problema.”

 

Los conflictos medioambientales que impactaron a las comunidades a lo largo de Chile galvanizaron redes abocadas a la justicia medioambiental. Un número considerable de los 155 delegados a la Convención Constituyente, entre ellos varios integrantes de SCAC, venían de lugares directamente impactados por conflictos medioambientales.   Muchas eran mujeres.

 

Comúnmente, “en los conflictos medioambientales son las mujeres quienes mas sufren,” señala la teóloga Arianne van Andel, quien representa la Alianza Interreligiosa y Espiritual en la directiva de SCAC. “Tiene que ver con la forma integral en que el medioambiente afecta la salud, el cuidado, las casas, cosas que tradicionalmente involucran a las mujeres”.

 

Desde hace 30 años en Chile, existe una corriente de pensamiento social llamada ecofeminismo que percibe una interdependencia entre el entorno natural y la vida de los seres humanos, y de las mujeres en particular. Este concepto, que recoge la comisión EcoFeminista del SCAC de la cual son integrantes la teóloga Van Andel y la politóloga Pamela Poo, postula que el mejoramiento de la sociedad pasa por dignificar la vida de las mujeres y del medioambiente.

 

Esto se ve más nítidamente en el cordón de comunidades costeras –  Quinteros-Puchuncaví, Los Vilos, Mejillones, Tocopilla y Huasco- que han recibido el funesto epitafio de zonas de sacrificio. En nombre del progreso, durante muchas décadas, un gobierno tras otro ha permitido que las refinerías, termoeléctricas y otras plantas industriales boten humo negro y arrojen residuos cargados de metales pesados que sobresaturan con contaminantes la tierra, el aire, las playas. El impacto se siente en cada faceta de la vida: pesca, agricultura, recreación, escolaridad, y con grave impacto para la salud, especialmente infantil. Esta situación ha causado el empobrecimiento y la merma de la calidad de vida en general de estas comunidades. Quienes más se dedican a cuidar a los enfermos crónicos, a denunciar y se han movilizado por la búsqueda de justicia ambiental son las mujeres.

A pocos días del inicio de la COP25 y en medio de los llamados de que la próxima Constitución asegure derechos medioambientales, y con una serie de imágenes que exhiben el antes y el ahora de la laguna de Aculeo, Greenpeace denunció cómo el cambio climático, la sequía y la crisis hídrica están impactando de manera dramática extensas zonas de Chile. Foto: Martin Katz

La asesora legislativa medioambiental Pamela Poo señala que precisamente en estas zonas de sacrificio la nueva constitución podrá mejorar sustancialmente la calidad de vida. “Hoy hay una lógica de sendero; cada gobierno sigue lo que hizo el gobierno anterior. La Constitución dará herramientas para que no haya que repetir las formas del pasado.”

 

Una de las herramientas de la nueva Constitución que ofrece mayor potencial para transformar los padrones actuales es el Estatuto del Agua. Sus cinco artículos parten con el Artículo 140 que define el agua como “esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y la naturaleza,“ y que “el Estado debe proteger las aguas en todos sus estados.”  Las protecciones de los derechos al agua se materializan con el Artículo 144 que crea la Agencia Nacional del Agua: “un órgano autónomo […]  para asegurar el uso sostenible del agua para las generaciones presentes y futuras.”

 

Resalta Pamela Poo que “el extractivismo sin agua no funciona. Necesitas agua para varias industrias. Las forestales lo usan para plantar árboles y para convertir troncos en celulosa, mientras la industria minería también depende en el uso del agua.

 

El uso privilegiado y sin límites del agua y de otros recursos naturales por las empresas emana de la constitución de 1980. Como no existía el poder legislativo, dado que el Congreso había sido disuelto tras el golpe de estado, las autoridades cívico-militares implementaron decreto leyes- tales como el Código del Agua del 1982 y el Código Minero del mismo año, y el Decreto Ley 701 de 1974 sobre la actividad forestal- que permitieron a las industrias explotar libremente los recursos naturales. Los gobiernos democráticamente elegidos después de 1990 se acomodaron a la constitución y legitimaron las leyes de facto. Como consecuencia, se perpetuó la visión de una economía extractivista y des-regularizada Según Pamela Poo, “es un modelo con una visión utilitarista y antropocéntrica de la naturaleza”.

 

Para el abogado Ezio Costa, director ejecutivo de FIMA, una organización cívica medioambiental, la nueva constitución “refleja el reconocimiento de los limites planetarios y que nuestras acciones deben respetar aquellos límites. Señala tres pilares que sostienen esta constitución ecológica.

 

Primero, su Artículo 127 afirma que la “naturaleza tiene derechos. El Estado y la Sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos.” Esto otorga condición jurídica a la naturaleza, y les permitirá a los chilenos presentar demandas para proteger los ecosistemas. En la actualidad, a una persona o un grupo de interés público solo se le permite iniciar una demanda judicial una vez que un estudio de impacto ambiental haya sido aprobado. Esto conlleva a que las declaraciones de impacto ambiental tiendan a favorecer a la industria. Un aspecto clave de la nueva constitución permitirá a los ciudadanos, por primera vez, cuestionar el impacto medioambiental de un proyecto durante la fase de evaluación. Además, bajo el concepto de bienes comunes naturales del Artículo 134, personas y entes que son geográficamente distantes de una zona de conflicto pueden entablar querellas.

 

En segundo lugar, la propuesta constitucional reconoce la existencia de una crisis medioambiental y ecológica. El Artículo 129 afirma: “Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación, y mitigación de los riesgos, las vulnerabilidades y los efectos   provocados por la crisis  climática y ecológica.” El mismo artículo declara que el “Estado debe promover el diálogo, la cooperación y solidaridad internacional para … afrontar la crisis climática y ecológica y proteger la naturaleza.”

 

El tercer pilar es la nueva estructura para implementar estas protecciones, que extenderá al nivel  local la capacidad de control que en la actualidad está centralizada en Santiago, la capital. La constitución también establece “la idea del estado custodio, que introduce el principio de sustentabilidad nacional, que no siempre está presente en la toma de decisiones,” explica Costa.

 

Un impedimento mayor de la democracia en Chile es su altamente concentrado y poderoso poder ejecutivo. La nueva constitución otorgará a los gobiernes regionales y locales autonomía en la toma de decisiones. En cuanto a la dimensión medioambiental, esto facilitará la participación ciudadana en gestión y protección medioambiental.  Y por el principio de paridad, más mujeres serán incorporadas en la toma de decisiones medioambientales. Esto “agrega mas ingredientes a la sopa de la toma de decisiones,“ dice Costa. “Ahora, hay solo dos ingredientes: la voluntad del estado y la voluntad del sector privado. La nueva estructura agrega las regiones, las personas que viven allí, y los limites de la naturaleza. La toma de decisiones se complejiza más.”

 

Chile no sería el primer país de la región en introducir un lenguaje medioambiental a un proceso constitucional.  Bolivia, en 2009, y Ecuador, en 2008, implementaron reformas constitucionales que incorporaron los conceptos de los “Pachamama” (Madre Tierra) y del “Buen Vivir”. Pero los medioambientalistas chilenos creen que tales procesos quedaron rezagados en relación a su visión original, por no proporcionar mecanismos que aseguren el cumplimiento de las normas de protección medioambientales.  Ninguno de los dos países logró traducir sus ideales a medidas concretas. El modelo extractivista solo se desplazó desde el sector privado al público.

 

Costa and Leiva atribuyen esta limitación a que, en esos países, el proceso de reforma constitucional fue promocionado por sus respectivos presidentes  En cambio, el proceso constituyente de Chile ha sido impulsado por la sociedad civil. La nueva constitución chilena contempla un balance de poder que debería fortalecer la protección medioambiental y, así se espera evitar los obstáculos que enfrentaron Bolivia y  Ecuador.

Arianne van Andel apunta a lo que considera el aspecto primordial de la nueva propuesta constitucional chilena: “En vez de la noción de la naturaleza al servicio del ser humano, esta constitución muestra que los derechos humanos y los derechos de la naturaleza están completamente entrelazados. Es este el cambio de paradigma que Chile necesita para enfrentar la crisis climática.”

 

Por Maxine Lowy



Escritora y periodista

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  1. alfredo kirkwood says:

    “en los conflictos medioambientales son las mujeres quienes mas sufren,” señala la teóloga Arianne van Andel, Lo dice de puro escopeta, sin presentar datos. A menos, claro, que el mismisimo Jehova le revelara ese conocimiento. En todo caso, conviene clarificar que la columnista gringa publico la lesera en SierraClub, una revista para hippies new age y sopeada de leseras pachamamicas. esta bien criticar el extractivismo, pero reemplazarlo con sandeces pachamamicas es inconducente

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