Avanza ofensiva contra mega loteos en Aysén: Organizaciones presentan 17 nuevas denuncias
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La Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén y la Agrupación Aysén Reserva de Vida han realizado una serie de presentaciones por subdivisiones de 80 parcelas o más que podrían materializarse en conjuntos habitacionales que la legislación vigente obliga a ser evaluados ambientalmente.
· Las acciones van dirigidas a los loteos masivos y con fines inmobiliarios, sin incluir las subdivisiones de sucesión hereditaria por fallecimiento del o la propietaria o la creación de algunas parcelas por parte de pobladores para fines de capitalización, ya que son éstas acciones que no significarían una gran intervención del territorio.
Un total de 17 nuevas denuncias por “infracción a la normativa ambiental y elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al tratarse de conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas” presentaron este martes ante la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (CODESA) y la Agrupación Aysén Reserva de Vida (Agrupación ARV). Se sumaron así a los primeros 22 requerimientos que se ingresaron a principios de abril, con el respaldo del Gobierno Regional de Aysén, llegando ya a 39 proyectos denunciados.
El fondo del recurso se basa en el artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que en su letra g) señala que deben someterse a evaluación ambiental los “conjuntos habitacionales con una cantidad igual o superior a ochenta (80) viviendas”. En esta categoría entrarían los mega loteos individualizados, toda vez que tienen un fin claramente inmobiliario y que la norma determina que se deben evaluar las actividades “susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases”, siendo la subdivisión la primera etapa de un proceso de construcción habitacional.
Lo anterior se complementa con el hecho de que “la causal de ingreso no exige que dichas obras existan actualmente, sino que sólo deben estar ‘contempladas’, por aplicación del artículo 8° de la Ley N°19.300 y el principio preventivo”, lo cual ha sido establecido en varias resoluciones sobre la materia tanto de la SMA como de los tribunales ambientales.
En esta última presentación se incluyen 12 grandes parcelaciones de 80 lotes o más, junto con 5 “cuya cantidad total de lotes resultantes es estrechamente menor al número contemplado por la norma, razón por la cual esta diferencia no debe considerarse más que un guarismo marginalmente diferente y los proyectos deberán entenderse bajo el supuesto del artículo en cuestión y por ende obligados a ingresar al SEIA”. Esta fundamentación ha sido asentada en una reciente sentencia de la Corte Suprema que obligó a la evaluación ambiental de un proyecto de la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A., relativo a la construcción de una planta de disposición y tratamiento de aguas servidas. Aunque la norma establece que deben ingresar los proyectos que “atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500) habitantes” y éste decía enfocarse en 2.490, se resolvió que el número declarado fue un mecanismo para eludir la normativa.
Esta presentación, al igual que en el caso de las 22 primeras, fue suscrita por el presidente de CODESA Erwin Sandoval Gallardo, el presidente de la Agrupación ARV Peter Hartmann Samhaber y el periodista Patricio Segura Ortiz. Patrocinó la acción el equipo de abogados de la ONG FIMA.
“Estos recursos tienen obviamente el objetivo de que se cumpla la legalidad vigente en materia ambiental, que creemos cuenta con herramientas para cautelar la integridad ecosistémica de los territorios, así como de las comunidades que de ésta dependen” señaló al respecto el abogado de ONG FIMA Marcos Emilfork Orthusteguy.
Su colega Antonio Madrid Meschi agregó que el crecimiento indiscriminado de loteos de todo tipo en el sur de Chile al margen de la planificación, particularmente en la Patagonia y en especial en Aysén, “amerita acciones de parte de todos los actores, en este caso de las organizaciones de protección socioambiental. Más aún en un espacio territorial donde es posible prevenir los graves impactos que los mega loteos ya han ocasionado en el resto del país, como contaminación de ríos y lagos, escasez hídrica, deforestación, problemas con la disposición de residuos, congestión vehicular y tantos otros problemas que se suscitan cuando se deja que el mercado por sí solo defina dónde se crean nuevos núcleos urbanos”.
En estos momentos el equipo prepara un nuevo grupo de denuncias asociadas a proyectos inmobiliarios similares a éstos, pero que han fragmentado las subdivisiones en múltiples o más procesos.
En paralelo, la Municipalidad de Río Ibáñez presentó hace una semana otra denuncia en contra de un proyecto inmobiliario en el sector Bajada Ibáñez, de 197 hectáreas subdividida en 178 lotes.
Desde las organizaciones se aclaró que estas acciones van dirigidas a los loteos masivos y con fines inmobiliarios, y no incluyen las subdivisiones de sucesión hereditaria por fallecimiento del o la propietaria, o la creación de algunas parcelas por parte de pobladores para fines de capitalización, ya que son éstas acciones que no significarían una gran intervención del territorio.