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Fraude en el Ejército: Ministra en visita Rutherford a excoronel en arista «Agencias de turismo»

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La ministra en visita de la Corte Marcial, Romy Rutherford Parentti, sometió a proceso al excoronel  Mauricio Orlando Seguel Albornoz por su responsabilidad en 2 delitos de fraude al Fisco cometidos en entre  el 14 de junio de 2012 y el 24 de julio de 2013 en la adquisición de pasajes en viajes para el Ejército de Chile.

La magistrada encausó al militar en retiro en la arista denominada “Agencias de Turismo”  por un fraude total que al día de hoy equivale a $ 16.699.647.

La ministra  ordenó el embargo de bienes por un monto total de $ 19.000.000  y el ingreso en prisión preventiva del procesado al Batallón de Policía Militar N° 1 de Peñalolén.

Por estas razones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 274 a 278 del Código de Procedimiento Penal, aplicables en virtud de lo que dispone el inciso segundo del artículo 140 del Código de Justicia Militar, se declara que se somete a proceso a MAURICIO ORLANDO SEGUEL ALBORNOZ, en su condición de AUTOR de dos delitos de FRAUDE AL FISCO, previstos y sancionados en el artículo 239 del Código Penal, por un perjuicio específico ascendente a las siguientes sumas: a) $8.136.480 al 14 de junio de 2012; y b) $4.078.128 al 24 de julio de 2013, respectivamente y que considerado el valor de la época equivaldrían a una cantidad total de 306,742 UTM, que al día de hoy corresponden a $16.669.647.- (dieciséis millones seiscientos noventa y nueve mil seiscientos cuarenta y siete pesos).

A fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 143 del Código de Justicia Militar, despáchese, en su oportunidad, mandamiento de embargo de los bienes del encartado, para satisfacer en forma suficiente el pago de los perjuicios, fijando el monto en la suma de $19.000.000 (diecinueve millones de pesos).

Por conllevar la presente determinación de procesamiento el arraigo de pleno derecho del encausado MAURICIO ORLANDO SEGUEL ALBORNOZ, de conformidad con lo que dispone el inciso primero del artículo 305 bis C del Código de Procedimiento Penal, ofíciese en tal sentido a la Policía de Investigaciones de Chile”, dice la resolución.

 

 

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