A propósito del mega incendio en Quilicura
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La humareda abarcó a varias comunas y debemos decir que en muchos de estos incendios graves se desconocen las razones por las cuales se originaron, menos se sabe de las responsabilidades y si las autoridades han cursado las correspondientes sanciones y multas, a pesar de que con estas catástrofes se generan heridos, vecinos perjudicados, mucha contaminación atmosférica y más grave aún fallecidos.
Es importante entender que todo edificio debe cumplir con las normas de protección contra incendios exigidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), así como también debe contar con un plan de emergencias en el cual se indique claramente cómo se debe controlar el incendio y como se debe realizar la evacuación.
El Plan de Emergencia debe estar escrito y debe ser ensayado periódicamente simulando una emergencia real, una copia de este plan debe ser entregada a bomberos de la comuna respectiva y se debe efectuar al menos un simulacro una vez al año en coordinación con esos organismos.
Un incendio cuando aparece en las noticias, con alta destrucción y contaminación, claramente no fue controlado por los propietarios, pero sí debería estar confinado por cierto tiempo, ya que la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones exige contar con muros divisorios que resisten el fuego por un periodo de 60 a 120 minutos.
Entonces porqué vemos incendios que cuando llegan los bomberos en menos de 30 minutos, el incendio ya se propagó a las casas vecinas o en los centros de bodega, porque hay varias bodegas comprometidas o en un centro comercial porque hay locales afectados.
Es claro que no se respeta la normativa, pero acá es donde la autoridad debe fiscalizar y velar el cumplimiento normativo.
La Ley Orgánica Constitucional de municipalidades es clara en indicar que las Direcciones de Obras Municipales (DOM) son las responsables de fiscalizar el cumplimiento de las normas en los edificios en uso. Entonces por que suceden estos eventos tan dañinos para el ambiente y las personas. La SEREMI de vivienda debe preocuparse por este asunto, como debe supervigilar a las DOM y exigir que fiscalicen, algo que claramente no hace.
La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades indica claramente en su artículo 152 “Las municipalidades incurrirán en responsabilidad por los daños que causen, la que procederá principalmente por falta de servicio”. Esto permite a los afectados a ejercer acciones legales contra el municipio.
Por último y no menos importante, en la actualidad el SEREMI de vivienda realizó una extemporánea consulta pública para modificar la OGUC, respecto de este asunto, aun sin respuesta, la que ya había sido realizada y puesta en trámite en febrero de 2018 por el gobierno de Michelle Bachelet, la que fue detenida sin motivo alguno por el gobierno de Sebastián Piñera. Esta consulta debió tener respuesta en abril de este año, pero aun inexplicablemente sigue sin respuesta.
Porqué este Gobierno autodefinido de excelencia se queda dormido con un aspecto tan relevante, que cobra la vida de muchas personas, deja miles de heridos por año y muchos trabajadores sin sus fuentes laborales.
La Cámara Chilena de la Construcción (CChC), holding empresarial tan cercano al actual gobierno, tampoco se muestra preocupada por esta delicada y urgente materia, a sabiendas que muchos de sus encopetados socios no respetan las normas vigentes.