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Acusación Constitucional: Diputado Naranjo mantiene maratónico discurso con el prontuario de Piñera

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Como ha sido tradicional en las últimas acusaciones constitucionales, la defensa del Presidente Sebastián Piñera desestimó apelar a la denominada “cuestión previa”. Esta herramienta implica sostener que no se cumplen con los requerimientos formales para la presentación del libelo acusatorio.

Consultado por la Mesa, el abogado Jorge Gálvez afirmó que la cuestión previa tiene fundamentos de sobra para ser admitida. Sin embargo, remarcó que les interesa entrar al fondo de la acusación, por lo cual renunciaban al uso de este instrumento.

Acto seguido, conforme a las normas legales y reglamentarias, se entregó la palabra al representante de los acusadores: diputado Jaime Naranjo (PS). Este inició su intervención cuestionando el hecho del no uso de la cuestión previa, cuando en la comisión que analizó el mérito de la acusación sí fue parte de la estrategia de la defensa.

Luego, el legislador hizo mención hacia el ánimo que existiría en el país en contra del Presidente y su administración. De igual modo, sostuvo que la acusación tendría un fuerte apoyo ciudadano. Estimó que ello se funda en la gravedad de los hechos imputados, que pasan por no “distinguir los negocios del ejercicio de la magistratura”.

También recalcó el carácter político de esta herramienta constitucional, destinada a fijar un estándar mínimo de quienes desempeñan un rol político en el país. “Acá se hablará de probidad y del honor de la nación”, acotó. “Diremos a las futuras autoridades si pueden o no hacer lo que el Presidente ha hecho”, agregó.

Sin prescripción

Sostuvo que los cargos se basan en la configuración de conductas que son ilícitos constitucionales, como es la infracción a la Constitución y las leyes. En tal marco, resaltó que estos “no tienen plazo de prescripción”. Así, a su juicio, sería irrelevante si los hechos fundantes del libelo fueron bajo la primera o segunda administración del Mandatario.

Pese a lo anterior, dijo que la acusación se refiere a actos u omisiones desarrollados en la presente administración, pero que tienen una correlación con hechos acaecidos en la primera.

En tal marco, señaló que el libelo considera los artículos 19 y 82 de la Constitución. El primero, relativo al respeto al medioambiente; y lo segundo, infracción abierta a la Constitución y las leyes, en particular, en lo referido al principio de probidad.

 

 

Sobre los capítulos

 

Especificó que, en el primer capítulo se imputan una serie de actos de la actual administración que permitieron y/o facilitaron el proyecto minero Dominga. Ello, evaluó, rebelado conflictos de interés, entre el general de la población chilena y el del propio Presidente, al poner por delante negocios de su familia y de amigos personales.

Sostuvo que, en este marco, no pueden separarse el negocio acontecido en 2010 con hechos actuales. En lo particular, la resolución de la comisión que aprobó el proyecto Dominga y la negativa a firmar el Pacto de Escazú. “Los actos de su administración comprometen gravemente el honor de la nación”, afirmó.

Naranjo agregó que los hechos denunciados en contra del Presidente de la República deben ser considerados en su conjunto. Además, reiteró su rechazó a los argumentos de la defensa, como la prescripción de los acontecimientos o la denominada “cosa juzgada”.

En cuanto a los diputados firmantes del libelo, aseguró que estos representan a todos los sectores de la oposición. De todas maneras, pasó a revisar el contenido completo de la acusación para que “todos en su sano juicio” puedan tener conocimiento de los hechos que se le imputan al Presidente Sebastián Piñera.

De esta forma, el diputado acusador leyó todos los capítulos del texto legal, hecho que prosigue al cierre de esta nota.

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