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No termina la represión en Colombia

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La Misión de Observación Internacional por las Garantías de la Protesta Social y Contra la Impunidad en Colombia se encontró entre el 3 y 12 de julio de 2021 con 41 comisionados de 14 países (Estados Unidos, Canadá, Cataluña, País Vasco, España, Italia, Alemania, Gran Bretaña, México, Ecuador, Chile, Bélgica, Guatemala y Ciudad del Vaticano), provenientes de organizaciones y grupos de derechos humanos, juristas, iglesias, academia y periodistas vinculados con temas de Derechos Humanos y paz para la verificar y visibilizar las graves violaciones a los derechos humanos y las garantías a la protesta social en Colombia.

 

El 28 de abril se inició el Paro Nacional contra la Reforma Tributaria. Centrales obreras, organizaciones de mujeres, las de negritudes, las indígenas, las estudiantiles, las campesinas, las de pobladoras y pobladores de ciudad, en fin… la ciudadanía colombiana está harta del Gobierno y su manejo de la crisis.

“El Paro Nacional que inició el 28 de abril de 2021 constituye un punto de inflexión en la historia contemporánea de Colombia. La densidad de la movilización, su perdurabilidad, el nivel de desafío público al estado de cosas existente y su amplia presencia territorial y geográfica así lo indican. Es una coyuntura que se articula con el ciclo de conflictividad social que le precede. Las protestas contra la violencia policial de septiembre de 2020, el paro del año 2019, las manifestaciones a favor del Acuerdo de Paz en 2016, y el Paro Agrario en 2013 son algunas de las movilizaciones sociales que anteceden al presente fenómeno”, se explica en el informe.

“Las movilizaciones que iniciaron el 28 de abril de 2021, se remontan a una crisis socioeconómica estructural con altas tasas de desempleo, aumento de la pobreza y de la pobreza extrema. Aunado a ello, la precarización social se agudizó durante la pandemia del Covid-19, tiempo en el que el Gobierno no garantizó la cobertura de las necesidades básicas de la ciudadanía como el acceso a la alimentación, a la salud, a una vivienda digna y una renta básica. Además, la violencia contra las personas firmantes del Acuerdo de Paz y los defensores y las defensoras de derechos humanos en Colombia ha aumentado significativamente desde la firma del Acuerdo con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia- Ejército del Pueblo (FARC-EP) en 2016.

Las personas defensoras de derechos humanos en Colombia son blanco de actores estatales y no estatales por su promoción de los derechos humanos y sus opiniones políticas. Según la ONU se presentaron más de 400 asesinatos de defensoras y defensores de derechos humanos en Colombia entre enero de 2016 y diciembre de 2020, aproximadamente 120 asesinatos en 2020 y, al menos, 116 asesinatos en lo que va de 2021, a los cuales se suman el asesinato de 36 firmantes del Acuerdo de Paz (INDEPAZ: 2021). El Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos ha identificado que los ataques a defensoras y defensores y liderazgos indígenas involucrados en denuncias contra empresas han aumentado desde el 2015, reportando el mayor número de incidentes en 2017 y 2018. Adicionalmente, el Informe Anual de Global Witness informa que Colombia es -por segundo año consecutivo- el país que reporta el mayor número de asesinatos contra personas defensoras del medio ambiente en el 2020”, sigue denunciando el informe.

Mientras la Misión se encontraba en Colombia, fueron atacados tres jóvenes afrodescendientes integrantes de las primeras líneas de Jamundí, quienes ejercían liderazgo en la Unión de Resistencias de ese municipio.

El ataque se presentó el 6 de julio de 2021, el mismo día en el que los jóvenes participaron en una reunión con funcionarios públicos, entre ellos el Secretario de Gobierno del municipio (ex agente de la policía), la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación con el fin de denunciar las graves violaciones cometidas por agentes de la Policía Nacional durante la protesta. Uno de los jóvenes fue asesinado y otros dos resultaron heridos.

En esa misma semana, la Misión conoció tres casos de amenazas directas por parte de la Policía contra participantes de la Primera Línea y de la olla comunitaria de Siloé, incluido un amedrentamiento en el marco de un evento cultural convocado por quienes han liderado la manifestación en esta comuna de Cali.

Aunque se logró documentar un importante número de agresiones perpetradas por la Fuerza Pública, paramilitares y personas armadas vestidas como civiles contra manifestantes y contra personas que no participaron en las protestas, se debe advertir que existe un alto número de casos que no pudieron ser recogidos por la estrechez del tiempo y el terror a las consecuencias de testificar.

Dada  la  gravedad  de  la  situación  de  derechos  humanos  constatada  por  la  Misión se considera que Colombia atraviesa una situación de emergencia humanitaria y de grave crisis  de los derechos humanos.

 

Publicamos aquí enseguida las importantes recomendaciones del informe.

  • Garantizar el  acceso  a  la  justicia  a  las  víctimas  de  las  agresiones  policiales,  así como su reparación  integral  y  se implementen  garantías de no  repetición.
  • Garantizar que la justicia ordinaria  sea  la  jurisdicción competente  para  investigar  y juzgar  a los miembros  de la Fuerza Pública responsables de violaciones de derechos humanos en el marco del Paro Nacional.
  • Crear una  comisión independiente  para  investigar  los hechos buscando establecer la responsabilidad  de los máximos responsables.
  • En el  caso  particular  de  las  mujeres  indígenas  y  afrodescendientes,  el  Estado  debe considerar  todos  los  factores  de  riesgo  que  ellas  puedan  encontrar  debido  a  su origen  étnico-racial  y  su  edad,  según  lo  dispuesto  en  los  artículos  6  y  9  de  la Convención  Interamericana  para  Prevenir,  Sancionar  y  Erradicar  la  Violencia  contra las Mujeres.
  • La investigación  de  los  graves  hechos  registrados  en  el  marco  del  Paro  Nacional debe ser respaldada por el Gobierno enviando un claro mensaje de que no se tolerará esta violencia ni su
  • La Procuraduría General de la Nación debe crear un grupo especial para investigar de manera  concentrada  y  con  celeridad  la  posible  responsabilidad  disciplinaria  de todos los agentes de la  Policía  y  mandos responsables de estos graves

Acciones Inmediatas del Gobierno de Colombia

Solicitamos  las siguientes acciones inmediatas  del gobierno de Colombia:

  • Que se detengan los  actos de  señalamiento, persecución,  amenazas, criminalización  y ataques contra  las personas manifestantes, líderes/as de las protestas y contra quienes adelantaron  acciones  de  defensa  de  Derechos  Humanos,  de  primeros  auxilios  y  de solidaridad.  Que  las  y  los  comunicadores  sociales,  las  y  los  defensores  de  Derechos Humanos,  organismos  de  la  sociedad  civil,  brigadas  de  salud  puedan  gozar  de  una protección  adecuada  que les permita  el  ejercicio de sus
  • Que cese  de  inmediato  el  uso  de  municiones  de  impacto  cinético  para  el  control  del orden público y  de manifestantes.
  • Que se derogue el Decreto 575 de  2021  de asistencia militar.
  • Que se  desista  de  la  modificación  normativa  del  Decreto  003  de  enero  de  2021,  que busca  criminalizar  los  cortes  de  ruta  al  excluirlos  definitivamente  del  ejercicio  legítimo  del derecho a  la  protesta pacífica.
  • Que se  detenga  cualquier  intento  de  reformas  legales  y  políticas  que  representen regresividad en los derechos  a  la  protesta  y  de otros derechos
  • Que se libere inmediatamente a  las personas detenidas
  • Que se elabore un registro público que  contenga  al  menos  la  siguiente  información:
  1. a) número de personas detenidas  desde el  inicio de la  protesta;
  2. b) el número de personas  capturadas por  orden  judicial,  en  flagrancia o en  traslado por  protección;
  3. c) centros de privación de  la libertad a los que  fueron  trasladados;
  4. d) duración de  privación de  la  libertad;
  5. e) número de personas que  actualmente  continúan  detenidas  con  motivo de  las protestas;
  6. f) razones por  las que  se ordena  prisión preventiva  para  quienes continúan  detenidas;
  7. g) número de personas   El  registro debe  tener información sobre género, edad y  pertenencia  étnica.
  • En los  casos  de desaparición forzada,  reconocer,  activar  e implementar  el mecanismo de búsqueda  urgente  para  dar  inmediatamente  con  el paradero de las personas  que aún  continúan    Además  de que, los  órganos  competentes avancen  en las investigaciones  sobre estos hechos  que  constituyen crímenes  de lesa humanidad.
  • Que las autoridades de Medicina  Legal y  del  Ministerio Público  sistematicen  y consoliden la  información a  nivel nacional de los  cuerpos  ingresados  desde el  28  de abril por  muerte  potencialmente  ilícita  de acuerdo con el Protocolo  de Minnesota, utilizándolo como  herramienta  de  investigación.  El  registro  debe  ser  específico,  indicar  fecha  de ingreso, causa  de  muerte con  autopsia  realizada con  el referido protocolo.  Dicha información debe  ser  pública  y
  • Que se adopten medidas  inmediatas para  que  Medicina  Legal haga pública  la identidad  o redoble  esfuerzos  para  contactar  a  las  familias  de las  personas  víctimas  de muertes violentas  desde el 28 de abril  de 2021 dado que  el cuerpo de,  al  menos, una persona  dada  por  desaparecida  llevaba  varios  días  en  oficinas  de  Medicina  Legal  de  un municipio  distinto a  su domicilio.
  • Que las  autoridades  de  Medicina  Legal  pesquisen  de  oficio,  sistematicen  y consoliden  la  información  a  nivel nacional  de las personas que  puedan  presuntamente haber  sufrido  tortura, tratos crueles  inhumanos  y/o degradantes  desde  el 28 de  abril por el actuar de  agentes  del Estado mediante  la  utilización  del Protocolo  de Estambul. El registro  debe  ser  específico,  indicar  fecha  de  pesquisa  y  calificación  y  categorización  del trauma  con  el referido protocolo.  Dicha información debe  ser pública  y
  • Que se priorice acciones de carácter  humanitario y  de atención  inmediata e integral,  enfocadas  a  las  personas  que  han sido heridas  en el marco de las movilizaciones.
  • Urge que  el  gobierno  colombiano  reinicie  un  espacio  vinculante  de  diálogo  a  nivel nacional con participación  del Comité Nacional de Paro, las  juventudes  involucradas  en las protestas, organizaciones  indígenas  y  personas afrodescendientes, mujeres y de la comunidad  LGBTIQA+, y  otros sectores afectados  y/o involucrados  en las movilizaciones.  Este diálogo  debe  abordar no  solamente  las garantías al derecho  a la protesta  sino las  causas  estructurales  del Paro Nacional, incluyendo  la  necesidad  de garantizar  oportunidades  para  estudiar, trabajar  y  vivir  una vida  digna para  los  y  las jóvenes
  • Que se  abstenga  de  obstaculizar  los  diálogos  necesarios  en  los  niveles  locales  y regionales.
  • Que se asegure el  acceso  a  la  justicia,  reparación integral  y  garantías  de no repetición.  Crear  una comisión para  investigar  la  impunidad  en que  ha  quedado  la mayoría  de las  denuncias  contra  agentes  del Estado  cometidas  contra  las  personas manifestantes.
  • Que el gobierno  nacional  reconozca  las graves violaciones  de  Derechos  Humanos que  se han cometido  en el marco del Paro Nacional.
  • Que el Gobierno Nacional  cumpla con el  deber  de garantizar  el  acceso  a  la información respecto  de la  estructura  y  línea de mando que tomaron decisiones operativas  y tácticas en  los territorios, así como  lo relativo a la  distribución  de  equipos tácticos  de tanquetas  y  gastos  de municiones.
  • Que se adopten medidas  efectivas  para  desmantelar  los  grupos  parapoliciales  y paramilitares, e impedir  que  sigan operando grupos  de terceros  armados  que atacan  y hostigan  a  la  población  civil,  especialmente  a  las  personas  que  se  manifiestan,  que defienden  los  Derechos  Humanos,  la  prensa  y  las  misiones  médicas.  Es  fundamental que  se investiguen  y juzguen  a las personas que  vestidas de  civil han atacado a quienes ejercen  su derecho  a  la  protesta  o han difundido  discursos que  promueven  la  violencia contra

Acciones Inmediatas a las Instancias Multilaterales Internacionales Solicitamos  las siguientes  acciones  inmediatas a  la  comunidad  internacional  e instancias multilaterales:

  • Que las instancias  internacionales  de Derechos  Humanos  insten  al  gobierno colombiano  a  garantizar  el derecho  a  la  protesta  tomando medidas  de prevención, vigilancia y  exigencia  al  respeto de los  Derechos  Humanos  antes, durante y  después  de las
  • Que se haga observación forense internacional en casos  de desaparición  forzada, tortura  y
  • Que la Asamblea General de  la OEA y la Asociación  Iberoamericana de  Ministerios Públicos  hagan un llamado a  la  Fiscalía  General  de la  Nación sobre la  importancia de iniciar  investigaciones  de  oficio,  con  la  debida  diligencia,  conducida  por  fiscales especializados  en materia  de graves violaciones  a  los Derechos  Humanos  y que  tengan una especial autonomía  frente a  los  actores denunciados.  Es indispensable que  el Estado colombiano  cumpla con su  obligación  de garantizar  la  independencia, competencia  e imparcialidad institucional de la  Fiscalía  General  de la  Nación.
  • Que la  comunidad  internacional  apoye  aún  más,  a  las  organizaciones  de  la  sociedad civil, a  defensoras  y  defensores  de Derechos  Humanos,  periodistas,  brigadas  de salud, iglesia  e instancias no gubernamentales  para  que  puedan  seguir  realizando su labor  de defensa, promoción  y  protección  de los  Derechos   Humanos   y   apoyo     De igual forma que apoye a  las instancias de sociedad  civil para  que puedan realizar acompañamientos psicosociales y atender la  salud  de las  víctimas.
  • Que la comunidad internacional exhorte al gobierno colombiano a cumplir con las recomendaciones de la  CIDH  incluidas  en el informe  de  la  visita a Colombia en junio  de
  • Que los países que  brindan  cooperación  a  la  policía  de  Colombia  suspendan  una  parte significativa  de  la  cooperación  hasta  que  haya  avances  en  llevar  a  juicio  en  el  sistema  de justicia  ordinaria  a  los  miembros  de  la  policía  involucrados  en  graves  violaciones  de  derechos humanos  y  hasta  que  haya  avances  en  las  reformas  a  la  policía  para  asegurar  la no-repetición.
  • Que los países que brindan cooperación militar a Colombia revisen sus políticas con el objetivo de  establecer  firmes  garantías  de  que  los  recursos,  herramientas  y  capacidades  de inteligencia militar transferidas  no sean  utilizadas  para  la  represión  de  la  protesta en Colombia.
  • Que la Alta Comisionada para los Derechos Humanos elabore un informe especial con recomendaciones sobre la situación de derechos humanos en Colombia en el marco de las movilizaciones.

Al Estado Colombiano Solicitamos las siguientes acciones  en el corto  plazo al Estado colombiano:

  • Desmilitarizar y reformar de manera  estructural  la  Policía     Esto  debe incluir ciertos mínimos cambios  estructurales sugeridos por  organizaciones de  sociedad  civil colombianas,  incluyendo:    trasladar  la  policía  del  Ministerio  de  Defensa  a  un  ministerio  civil; asegurar que violaciones de derechos humanos de parte de la policía están llevados a la justicia ordinaria; creación de nuevos protocolos sobre el uso de la fuerza, y sistemas para monitorear  su  cumplimiento;  asegurar  un  mecanismo  de  veeduría  externa,  no  solamente sistemas  de  disciplina  interna,  de  la  policía,  con  la  participación  de  la  sociedad  civil.    Una amplia  discusión  de  las  reformas  a  la  policía  es  esencial,  incluyendo  los  sectores  más afectados  por  los  abusos  de  la  policía,  incluyendo  organizaciones  de  jóvenes,  indígenas, Afro-Colombianos,  personas LGBTIQA+y mujeres.
  • Desmonte del
  • Garantizar mecanismos  de  justicia  seguros,  accesibles  e  imparciales  que  posibiliten  las denuncias ciudadanas  por violaciones a  los  Derechos Humanos.
  • La Fiscalía,  la  Procuraduría  y  la  Defensoría  del  Pueblo  deben  actuar  de  forma  autónoma, de  oficio y  descentralizada cumpliendo  sus funciones constitucionales.
  • Cumplir los  protocolos  internacionales  firmados  por  el  Estado  colombiano  que garantizan  los  derechos de los  grupos  La Misión deja este acápite tal cual  fue presentado en el  Informe Preliminar el  12 de julio en tanto son recomendaciones  pertinentes para la Garantía a la Protesta.
  • Que se adopten medidas efectivas para reducir la situación de pobreza, garantizar la seguridad alimentaria  y evitar impactos  en  el ejercicio  de  los derechos  económicos, sociales, culturales y  ambientales  sin discriminación.
  • Garantizar el respeto de la independencia  de los  medios  de comunicación  y abstenerse de adoptar  medidas  de censura,  que incluyen  la  censura  previa  por interrupciones  y  bloqueos  de conexión  a  internet y  la  censura  posterior  con  prácticas como  la  calificación  de contenidos  “falsos” o “verdaderos”  por  parte de la  Policía.
  • Investigar, juzgar y  sancionar  a  los  responsables  de promover  discursos  de estigmatización contra  la  protesta  social, que  incitan al  odio,  al  recurso a  la  violencia,  a la  discriminación  y  las manifestaciones  de racismo.
  • Implementar las  recomendaciones  del Comité de Eliminación de todas  las  formas de  discriminación  de  la  ONU  (CERD)  en  la  evaluación  periódica  a  Colombia  realizada  en 2019, con  especial énfasis en las relacionadas  con  discriminación
  • Implementar las  recomendaciones  del  Examen  Periódico  Universal  emitidas  en 2018, así como  las consignadas  en los  informes de los mecanismos de la
  • Que atienda los clamores urgentes  y  apremiantes  que  le han estado haciendo  al Estado colombiano  las instancias religiosas, estados, parlamentos, organismos internacionales, tribunales  independientes  y misiones  de  observación  para que  cese la represión.
  • Que respete  en  forma irrestricta sus compromisos internacionales  y disposiciones de los  Tratados  Internacionales  en materia  de Derechos  Humanos  suscritos  y ratificados  por  Colombia,  particularmente  en  cuanto  a  la  Convención  Contra  la  Tortura (CAT), reconocida  como  crimen de lesa
  • Que implemente las  recomendaciones  para  lograr  la  agenda transformadora propuesta  en  el  Informe  de  la  Alta  Comisionada  de  las  Naciones  Unidas  para  los Derechos Humanos, relativo a  la  promoción  y  protección  de los  Derechos  Humanos  y  las libertades fundamentales  de los africanos  y afrodescendientes  frente  al  uso excesivo de la fuerza y  otras violaciones  de  los Derechos  Humanos  por  todos  los servidores públicos.
  • Que implemente  las  recomendaciones  113  y  115    de  la  Relatora  Especial  sobre  la violencia  contra  la  mujer,  sus  causas  y  consecuencias,  Dubravka  Šimonovićs,  en  su Informe  A/HRC/47/26  del  19  de  abril  de  2021  sobre  “La  violación  como  una  vulneración grave,  sistemática  y  generalizada  de  los  derechos  humanos,  un  delito  y  una manifestación de la violencia de género contra las mujeres y las niñas, y su prevención” que  señala  que  ante  una  violación  los  Estados  deben  realizar  enjuiciamiento  de  oficio;  las normas  sobre  las  pruebas  para  iniciar  acciones  penales  deben  cambiar significativamente  a  fin  de  reducir  la  impunidad  de  los  autores  y  aumentar  el  índice  de casos enjuiciados, protegiendo al mismo tiempo a las víctimas de la revictimización; y los Estados  deben  proporcionar  servicios  y  apoyo  adecuados  a  las  víctimas  de  violación, como centros de atención urgente a  víctimas de violación, órdenes de protección y medidas   de   ayuda  provisionales,   tanto  en tiempos de paz  como  en situaciones de conflicto,  incluidas  medidas  de  reparación  a  las  víctimas,  de  conformidad  con  las  normas e  informes  internacionales  de  derechos humanos.

 

A la Comunidad Internacional solicitamos  las siguientes  acciones  en el corto plazo a  la  comunidad  internacional:

  • A la  Unión  Europea,  se  le  exige  la  suspensión  de  venta  de  armamento  militar  y material  antidisturbios  en  virtud  del  criterio  2  del  Código  de  conducta  de  la  UE  en  materia de  exportación  de      A  los  Estados  Unidos,  y  a  cualquier  país  que  brinda armamento  militar o material  antidisturbios, se le exige  la suspensión de  ventas comerciales  o donaciones  de tal  armamento a  la  ESMAD.
  • A los  Estados  y  organismos  financieros  internacionales:
  • Abstenerse de  autorizar inversiones  destinadas  a  la  fuerza  pública  en Colombia que  ha  sido cuestionada gravemente  en  su estatus de  institucionalidad  democrática, cumplimiento  de  las leyes en tanto mantengan  su desacato a  las  recomendaciones  internacionales  y  siga cometiendo  las serias vulneraciones  a las libertades fundamentales.
  • Abstenerse de contribuir a la  financiación  de  sectores  y  empresas  que  en  Colombia  amenazan  los derechos  fundamentales, incluidas  aquellas  que estigmatizan  y  promueven  la  represión violenta de la

 

  • Promover la  activación  de  las  cláusulas  suspensivas  en  caso  de  violación  de  los derechos  de los diferentes  tratados de libre comercio e inversiones, suscritos por Colombia.
  • Incrementar la  cooperación  internacional  destinada  a  organizaciones  de  la sociedad  civil  para  programas  dirigidos  a  jóvenes  marginados, incluyendo  zonas afectadas  por  el Paro Nacional y  las  acciones  represivas  de la  fuerza  pública. Este  debe incluir  acceso a la educación,  servicios  de  salud,  y la creación  de  oportunidades  de trabajo, además de  formación  en  Derechos  Humanos, la  construcción  de  la  paz, los deportes y  el arte.

 

A las Empresas solicitamos  las siguientes  acciones  en el corto plazo al  sector  empresarial:

  • Abstenerse de  participar, permitir o promover  la represión  violenta  de  la protesta y las  graves violaciones  a  los Derechos
  • Abstenerse de  financiar  o  apoyar  por  cualquier  medio  a  fuerzas  del  Estado  o  grupos paramilitares  o  parapoliciales  relacionados  con graves  violaciones  de Derechos Humanos, incluido  el despojo de tierras.
  • Detener los  despidos  de trabajadores  por  su participación  en la  protesta  y  reintegrar a  quienes  fueron despedidos.
  • Garantizar y   promover   investigaciones   independientes   sobre   las  denuncias 64.  Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Dubravka Šimonović  contra  empresas  relacionadas  con graves  violaciones  a  los  Derechos Humanos  en el marco de las protestas.  Remediar  a  las víctimas  de dichas
  • Las empresas  de  redes  sociales  deben  respetar  la  libertad  de  expresión  y adoptar  medidas  para  evitar  la  censura  sobre  contenidos  relacionados  con  las protestas y  las graves violaciones a  los Derechos Humanos.
  • Que las  empresas  que  producen,  transforman,  comercian  o  invierten  en Colombia  implementen  la  debida  diligencia  con  miras a garantizar los Derechos Humanos.

Elena Rusca, Ginebra, 8.10.2021

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Corresponsal

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