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Tribunal de Iquique condena a funcionaria por torturar a dos ciudadanas bolivianas

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a J.M.S.R. a una pena única de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autora de tres delitos de tortura y dos delitos de apremios ilegítimos. Ilícitos perpetrados en junio y agosto de 2019 en la jurisdicción.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a J.M.S.R. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 20 de junio de 2019, realizando fiscalización de drogas en la avanzada aduanera del Río Loa, sometió a revisión a tres ciudadanas bolivianas. Dentro de ese contexto, J.M.S.R. las hizo desnudarse, sometiéndolas a vejámenes que denigraron su intimidad, todo con el fin que evacuaran los ovoides de droga que portaban.

El 23 de agosto de 2019, en la misma avanzada aduanera y cumpliendo funciones de fiscalización de drogas, controló a dos ciudadanas bolivianas sospechosas de traslado de drogas y las llevó a sala de revisión, donde denigró corporalmente y  las golpeó en forma reiterada en sus estómagos y bajo vientre para que las mujeres confesaran haber ingerido ovoides.

El tribunal acogió la calificación jurídica propuesta por la parte querellante «respecto de los  tres hechos acaecidos el día 20 de junio de 2019, atendido que la actividad abusiva desplegada por la acusada y querellada, a cargo de la vigilancia y seguridad de las afectadas, a las que causó  sufrimientos graves, vulnerando una multiplicidad de derechos fundamentales que la Constitución Política de la República asegura a todas las personas, en concordancia con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y vigentes, partiendo por la integridad física y síquica, que fue vulnerada gravemente no sólo por las lesiones físicas emanadas de las acciones de la acusada, sino por el contexto en que fueron infligidas, de total avasallamiento y absoluto poder de dicha agente estatal, lesionando también la intimidad y pudor  de las víctimas, violando la dignidad humana de las tres ciudadanas bolivianas de manera grave, al someterlas en su condición vulnerable por diferentes factores, a desnudamientos, tocaciones en sus cuerpos, todas conductas vulneradoras graves de derechos fundamentales de las afectadas».

El tribunal acogió además la solicitud de la defensa de no difundir el nombre de la funcionaria hasta que el fallo quede ejecutoriado. Considerando el principio de inocencia que aún le resguarda al haber recursos pendientes de revisión de la sentencia.

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