Economía y Mercados en Marcha

Empoderamiento

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La actual constitución dice que los partidos políticos no pueden meterse en “actividades ajenas a las que le son propias”.  ¿Qué cosas no son propias de los partidos políticos? ¿No se pueden meter en actividades sindicales? ¿No pueden los partidos promover la organización de los trabajadores en sindicatos? ¿No pueden participar activamente en la constitución de los mismos? ¿No pueden los dirigentes políticos ser excelentes dirigentes sindicales, o viceversa? ¿No pueden los partidos y sus militantes dedicarse en forma clara y decidida a formar sindicatos, juntas de vecinos u otras organizaciones sociales? ¿O centros culturales o clubes deportivos? ¿No pueden los partidos y cada uno de sus dirigentes y militantes meterse a opinar sobre la política de remuneraciones? ¿O sobre la política de salud o de educación? ¿No tienen acaso los parlamentarios la obligación de meterse a opinar sobre todas y cada una de las cosas que se discuten en el parlamento y no va eso unido con la necesidad de generar vínculos orgánicos con los actores sociales que viven o sufren cada una de esas situaciones?

Bien entendidas las cosas la política abarca todas las esferas de la vida social y económica, y los partidos políticos tiene pleno derecho no solo a opinar sobre todo aquello sino también a organizar a los ciudadanos en aras de la defensa de sus intereses, y de acompañarlos en todas las luchas que den en pro de los mismos. Así debe ser. Cualquier cosa en sentido contrario conduce a limitar el accionar de los partidos y de sus dirigentes, y a avanzar lenta pero inexorablemente en el distanciamiento entre la política y la ciudadanía. Si un partido o un dirigente no quiere buscar activamente vínculos orgánicos con la ciudadanía es cosa de ellos, pero la constitución – la nueva – no puede cerrar esa posibilidad ni con una sola letra de su articulado.

En ese camino de levantar barreras entre la comunidad organizada y los partidos políticos, la constitución actual dice también que “son incompatibles los cargos de directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos superiores, nacionales o regionales de los partidos políticos”. Nuevamente, estamos en presencia de normas constitucionales que construyen barreras entre el “mundo político” y el mundo gremial.  Eso no puede seguir siendo así. Los dirigentes gremiales tienen tanto derecho como cualquier otro ciudadano a participar activamente en la política y en ser dirigente de las organizaciones correspondientes a cualquier nivel. Y los militantes de los partidos políticos tienen pleno derecho a ser electos dirigentes de las organizaciones gremiales a cualquier nivel de las mismas.

Estas reflexiones dicen relación con los vínculos entre la vida política y la vida ciudadana. Dicen relación, además, con la ampliación de derechos de los ciudadanos como para elegir y ser elegido en los organismos que caractericen el tejido social y político del país. Y dice relación, también, con la participación ciudadana en los órganos del poder estatal. Dice relación, en última instancia, con el empoderamiento, – – es decir, con el ganar y asumir poder – por parte de los ciudadanos, para participar en la mayor medida posible del quehacer de los poderes del estado.

Y si de empoderamiento hablamos, es bueno rescatar también, en relación con el mundo sindical, dos cuestiones de alta importancia. Por un lado, el derecho a negociar por rama de actividad económica – no solo por empresa – derecho actualmente negado por la actual constitución. Y en segundo lugar, reponer en los actuales debates nacionales, el derecho de los trabajadores a participar en la gestión de las empresas donde trabajan, por la vía de canales institucionales de participación, cuestión donde indudablemente las centrales sindicales mayoritarias del país tienen y tendrán la última palabra. Darle a estas cuestiones carácter constitucional es avanzar algunos pasos, en términos reales y concretos – aun cuando desde ningún punto de vista agotar – el importante tema del empoderamiento de la ciudadanía, y en particular del mundo asalariado.

 

Por Sergio Arancibia

 

Economista

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  1. La rebelión no esta para empondedrar a ningun grupo. Es para eliminar la necesidad de Emponderar.
    Por eso es que es necesario eliminar la Consti de 1980. el primer caso.
    Y por qué? Porque un dirigente sindical tiene mas experiencia que cualquier parlamentario, aunque tengan Master en o PHD en lo que sea. La experiencia de un dirigente sindical es incomparable. Recuerden que durante el primer año del Gobierno de la UP existían tres, si, TRES MINISTROS OBREROS, con una experiencia sideral. Un ejemplo de lo contrario es Allamand, Senador RN, con un PhD, y una memoria muy corta, con una personalidad que ralla en un antisocial. pero gana 24 mil dólares al mes y mas aguinaldos, se preocupa por el pueblo? el día de San Blando, o de la coronta, o del guacamole a las dos de la tarde.

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