Nuevo fallo de la Corte Suprema cae como lápida sobre las pretensiones de inmobiliarias: los guetos verticales de Estación Central son ilegales
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Un nuevo y contundente fallo de la Corte Suprema del 26 de octubre de 2020, rol N° 39.587-2020 pone una lápida sobre las pretensiones de constructoras e inmobiliarias para salir del paso de la ilegalidad de las enormes torres de edificios de Estación Central, tristemente conocidas como los guetos verticales.
El fallo cae sobre las pretensiones de la Asociación Nacional de Revisores Independientes A.G., Inmobiliaria Fortaleza Placilla SpA, Eurocorp Dos S.A., Inmobiliaria Nogales SpA, Inmobiliaria Ecuador Origen S.A, Inmobiliaria Ecuador S.A., Constructora Alonso de Córdova Limitada, Inmobilia S.A., además de los diez revisores independientes individualizados en autos; y Constructora Ingevec S.A., Euro Constructora SpA, Inmobiliaria Placilla SpA e Inmobiliaria Placilla 2017 S.A. quienes alegaban buena fe y supuestos derechos adquiridos.
Se adjunta el fallo
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