Reforma constitucional: qué sucede con los organismos autónomos
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En la Constitución que hoy en día nos rige se establece la existencia de un organismo estatal autónomo, denominado Banco Central de Chile, del cual en realidad se habla poco en el propio texto constitucional, pues la mayoría de los asuntos relacionados con esta institución se dejan para la ley orgánica constitucional que la rige. Este organismo es el encargado de llevar adelante la política monetaria que impera en el país, es decir, en alta medida, todo lo relacionado con la inflación, con las tasas de interés y con las tasas de cambio.
Pero llama la atención el carácter autónomo de una institución estatal. Se supone que no es dependiente de ningún ministerio que forme parte del tren ejecutivo nacional. No depende del Ministerio de Hacienda ni del Ministerio de Economía, y ni siquiera depende del Presidente de la República. Se manda solo. Define por si solo las metas de la política monetaria – hoy en día, por ejemplo, la meta es una inflación de 3 % anual – así como los instrumentos que se utilizarán para conseguir esas metas que ellos mismos se han propuesto.
Se asume implícitamente – en la Constitución y en la ley orgánica correspondiente – que la política monetaria es tan importante, que tiene que quedar incontaminada de los malignos influjos políticos que pudieran proceder del Ejecutivo y/o del Parlamento Nacional. Es decir, curiosamente, la importancia de la política monetaria conduce a independizar ese campo de la política económica de todo el resto de la institucionalidad política del Estado. Eso no fue siempre así, ni en nuestro Banco Central ni en la mayoría de los banco centrales del mundo, sino que eso se impuso como “moda” o como doctrina en la época de dominio político e intelectual del monetarismo y el neoliberalismo.
Con ese mismo criterio se podría decir que la política agrícola, o la política fiscal, o la política industrial -si la hubiera- u otros campos del accionar económico del Estado, debieran Independizarse para que funcionen bien.
La verdad es que esa autonomización de ciertas instituciones del Estado tuvo su máxima expresión cuando las ramas de las fuerzas armadas se autodefinieron a sí mismas como organismos autónomos, que no dependían del Presidente de la República ni de nadie, y que definían internamente sus objetivos y los instrumentos que ponían en juego para lograrlos. Incluso financieramente se les proporcionó durante muchos años una fuente de ingresos que no dependía de las decisiones del Parlamento ni del Ejecutivo. Afortunadamente esa experiencia de autonomización se ha reducido a su más mínima expresión, aun cuando no ha desaparecido del todo.
El Banco Central, de acuerdo a la ley que lo rige, tiene objetivos relacionados únicamente con la política monetaria, pero no tiene para nada entre sus objetivos problemas tales como el empleo, la distribución del ingreso, el desarrollo regional o territorial, el crecimiento económico, ni ninguna otra cosa por el estilo. Esos campos de acción quedan fuera de su óptica y de su campo de preocupaciones, cosa que no sucede así en otros países de la OCDE.
El ciudadano medio del país – sobre todo con los múltiples y agobiantes problemas que enfrenta hoy en día – puede no estar muy preocupado de las funciones y de las acciones del Banco Central, pero a la hora de definir una nueva estructura del aparato estatal chileno, es bueno retomar la idea de que todas las instituciones del Estado tienen que responder a los intereses y a los representantes del pueblo, llámense Presidente de la Republica y/o Parlamento, en cuanto a la fijación de los objetivos de su accionar. El conjunto de la política económica -incluida la política monetaria- tiene en ese sentido que tener una coordinación y un comando único, como mecanismo para fortalecer su eficiencia y su capacidad de lograr de conjunto los grandes objetivos de Chile como nación. La estructura del Estado no puede ser, por lo menos en el campo de la política económica, un archipiélago de islotes independientes.
Por Sergio Arancibia