ONU: “Estado colombiano responsable por violación al derecho a la vida del sindicalista Adolfo Munera”
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El Comité de Derechos Humanos de la ONU, después de 5 años, reconoce que Colombia ha fallado por no investigar a quienes ordenaron el asesinato del sindicalista Adolfo Munera, que defendía los derechos de los trabajadores de la multinacional Coca-Cola en ese país.
Es la decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre el Estado colombiano tras 5 años de investigaciones: aportar información en un plazo de 180 días para esclarecer y encontrar los culpables del homicidio del líder sindical y comunitario Adolfo Munera.
Después de 18 años de espera se podrán conocer los móviles e identidades de quienes determinaron su muerte.
Tras cinco años de litigio, el Comité ha recordado que el derecho a la vida incluye la obligación del Estado de adoptar toda ley o medida apropiada para su protección, especialmente en el caso de las personas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad debido a amenazas específicas y/o pautas de violencia anteriores.
Según el Comité de derechos humanos, una parte esencial del derecho a la vida es la obligación estatal de investigar y enjuiciar a los responsables de su vulneración, pues esta se inscribe dentro del concepto de protección y garantía de todos los derechos reconocidos en el del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
En respecto al caso de Adolfo Munera, el Comité reconoció la falta del Estado colombiano de no haber investigado adecuadamente el caso.
La denuncia y la decisión del Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Isabel López Martínez, Gladys Cecilia Rincón de Múnera, Nadín José Múnera Rincón, Adolfo Múnera Rincón,Gladys Cristina Múnera Rincón, María Camila Múnera Cepeda y Fredy Alberto Sepúlveda Pineda (representados por Melik Özden, del Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM), y Franklin Castañeda, de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (FCSPP), denunciaron el 9 de septiembre 2015 el asesinato del sindicalista Adolfo de Jesús Munera López ante las Naciones Unidas. La denuncia se refería a la necesidad del derecho a un recurso efectivo, derecho a la vida, derecho a la seguridad personal, derecho a la vida privada y a la libertad de asociación.
Si bien, por el homicidio de Adolfo, se condenó a 17 años al autor material, nunca existió una investigación penal acerca de los intereses detrás de la muerte del reconocido sindicalista, ni de su autor o autores intelectuales, patrocinadores y beneficiarios, lo que ha sido una constante en este tipo de casos en el país y que ha afectado notoriamente a SINALTRAINAL, organización sindical de la cual Munera era parte.
Luego de dieciocho años de su asesinato, el 19 de mayo de 2020, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas concluyó que el Estado colombiano violó los artículos 2, párrafo 3 y el 6, párrafo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). En su decisión, el Comité de Derechos Humanos reconoció que en la región Caribe se produjeron numerosos casos de asesinatos de sindicalistas durante el período en que Adolfo Munera fue asesinado y, por lo tanto, se debía sospechar la existencia de uno o más autores intelectuales, los cuales no han sido investigados, ni sancionados por las autoridades judiciales colombianas.
Por ello, en su fallo, el Comité de Derechos Humanos se refiere a la obligación del Estado de proporcionar un recurso judicial efectivo y de aplicar los instrumentos normativos y administrativos para la protección de la vida de las personas bajo su jurisdicción.
Adolfo de Jesús Munera López, sindicalista del SINALTRAINAL
Adolfo de Jesús Múnera López era un líder sindical y comunitario reconocido por su defensa de los derechos laborales. Residía en Barranquilla y era empleado en una embotelladora, filial de una gran multinacional conocida como Coca Cola, desde el 27 de abril de 1983. Adolfo Munera formaba parte de la junta directiva del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Industria Agroalimentaria (SINALTRAINAL).
Los actos de violencia hacia el sindicato de lo cual Adolf hacia parte empezaron ya en 1996. En este periodo, tuvo lugar una persecución contra sindicalistas a partir de señalamientos y vinculaciones a la insurgencia por parte de la fiscalía, que llevaron a movimientos paramilitares a justificar acciones violentas contra los sindicalistas señalados.
Numerosos sindicalistas que fueron detenidos, acusados, y posteriormente absueltos, o sufrieron amenazas y violencias.
A raíz de las amenazas, una huelga mantenida por el sindicato SINALTRIAL en 1995 que afectó gravemente la producción de la embotelladora para la que trabajaba Adolfo Múnera y por ende de la empresa multinacional de la que la embotelladora era filial.
Hasta el año 2004, nueve sindicalistas de SINALTRIAL, empleados de la empresa multinacional han sido asesinados, cuatro de ellos como represalias a las exigencias sindicales; 38 trabajadores debieron huir de sus ciudades; y 67 fueron víctimas de amenazas de muerte. Grupos paramilitares fueron responsables de una gran parte de esta violencia antisindical. Por otra parte, el Estado no adoptó las medidas para impedir que los grupos armados formados continuaran cometiendo graves violaciones a los derechos humanos.
Complicidad del Estado colombiano.
El 6 de marzo de 1997, el domicilio de Adolfo Múnera fue allanado y registrado por agentes de la Policía Nacional del Atlántico (SIJIN). Los agentes presentaron orden de allanamiento y registro aprobada por la Fiscalía General en el marco de una investigación de Adolfo Múnera y otras dos personas por un delito de rebelión y colaboración con el Ejército de Liberación Nacional (ELN).
Los agentes se personaron en su lugar de trabajo y forzaron la cerradura de su taquilla, llevándose una agenda donde se encontraban nombres de compañeros sindicalistas que posteriormente sufrieron amenazas.
Dos directivos de la multinacional habrían dirigido a los agentes de la Policía Nacional a su domicilio para efectuar el allanamiento.
El asesinado de Adolfo Munera.
En seguida a estos hechos, Adolfo Munera solicitó protección a diferentes instancias, y eso desde el 6 de marzo 1997. Solamente el 5 de agosto de 2002, el Comité CRER del Ministerio del Interior otorgó a Adolfo Múnera la asignación de tres meses de protección humanitaria, incluyendo apoyo a su migración obligada de la ciudad de Barranquilla y una contribución económica.
Ésta fue la única reacción de la administración pública a las cinco comunicaciones enviadas por el autor en 5 años.
El 31 de agosto de 2002, el Adolfo Munera fue asesinado tras recibir repetidos disparos al salir de la casa de su madre junto a su hermana.
Los autores indican que este asesinato elevó a 38 el número de líderes sindicales asesinados desde 1999 en la ciudad.
Otros casos de amenazas.
Después del asesinado de Adolfo en 2002, el 26 de enero de 2012 en Barranquilla, fue asesinado con arma de fuego Ricardo Ramón Paublott Gómez, quien era dirigente de SINALTRAINAL y trabajador de la Industria Nacional de Gaseosas S.A. (Coca Cola). Varias amenazas recibieron otros miembros de SINALTRAINAL que trabajaban por Coca Cola.
La situación relacionada a la transnacional Coca Cola se conecta también a las “Chuzadas”, escándalos desarrollados en Colombia en los cuales una red de ex policías y personal militar, contratados, recopiló informaciones sobre «objetivos» específicos para la parte contratante. Una serie de arrestos ocurrieron en el tren de estas revelaciones.
Relacionado al tema de la “Chuzada” a SINALTRAINAL, fue capturado el Jefe de seguridad de Coca Cola, ex Interpol Julián Villaraga, vinculado a red de chuzadas, desde donde se hacía seguimiento a celulares, whatsapp, E-Mail de trabajadores y población. “Pasaban información de trabajadores de Coca Cola a la Embajada de EEUU, ordenaban hacer la guerra jurídica y política, utilizando la policía (ESMAD) para reprimir protesta de trabajadores” nos cuenta Javier Correa, secretario general y responsable de derechos humanos del SINALTRAINAL.
Además, Coca Cola no paga impuesto de alcantarillado en Colombia.
Para evadir impuestos, Coca Cola acaba de tercerizar más del 80% de los trabajadores que están tenido en condiciones sumamente precarias. “Coca cola usa la justicia como herramienta para generar miedo para que nadie se atreve a denunciarla por medio de SINALTRAINAL. La decisión del Comité de derechos humanos representa para nosotros un fortalecimiento para alcanzar a la justicia verdad y garantía de no repetición” concluye Javier Correa.
Impacto de la decisión del Comité por el Estado colombiano y los asesinatos de los líderes sociales.
“Las decisiones del Comité de derechos humanos son vinculantes, y además en Colombia existe una ley, que es la ley 288 de 1996 que implica la obligatoriedad del Estado de reparar económicamente cuando se producen estos tipos de decisión proferidas por el Comité de derechos humanos”, nos explica Franklin Castañeda, de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (FCSPP).
Concretamente, la decisión del Comité en relación al caso de Adolfo Murena tiene tres puntos:
- Violación del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) por parte del Estado colombiano al no pasar un recurso efectivo a los familiares de Adolfo, para protegerlo o encontrar los culpables del asesinado del sindicalista;
- Reparación a la familia y mantenerla informada y garantizar su participación durante la investigación;
- Monitoreo a la decisión por parte del Comité hacia el Estado colombiano. Solamente luego de este monitoreo el Comité podrá decidir si efectivamente Colombia cumplió con las demandas del Comité.
Hasta hoy en día, la justicia colombiana reconoce que el autor fue encarcelado, sin embargo había muchas pistas que el Estado no quiso investigar de forma arbitraria. “Es por eso que, antes que todo, queremos y esperamos que el Estado colombiano abre una investigación, obligatoria después de la decisión del Comité, para descubrir quiénes fueron los mandatarios del asesinado de Adolfo Murena e informar al Comité”, explica Franklin Castañeda.
“Desde la fin del Acuerdo de Paz hubo un fuerte incremento en los asesinados de los líderes sociales, líderes campesinos y defensores de los derechos humanos. La Fiscalía colombiana ha empezado a obtener resultado tras sus investigaciones solamente después de fuerte presiones exteriores, como la del Comité, hacia el Estado colombiano. Desafortunadamente la mayor parte de las investigaciones se han siempre limitado a encontrar el sicario, pero no se ha logrado nunca, en Colombia, una condena a los autores intelectuales de los crímenes hacia los líderes sociales”, sigue Franklin Castañeda.
“Hoy vivimos una situación muy parecida en la que estábamos viviendo cuando mataron a Adolfo Murena. La decisión del Comité será una herramienta para presionar al Estado colombiano y obligarlo a investigar sobre los mandatarios de los asesinados de los líderes sociales y, en el caso contrario, será condenado seguramente, no solo por el Comité sino por otros tribunales internacionales como la Corte Interamericana de derechos humanos”.
El Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR)
El pacto desarrolla los derechos civiles y políticos y las libertades recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Bajo el artículo 1 del Pacto, los Estados se comprometen a promover el derecho a la autodeterminación y a respetar ese derecho. Este pacto es vinculante, y eso significa que, una vez que los Estados deciden de hacer parte, tienen que respetarlo. Colombia hace parte de este pacto, así que la decisión del Comité es, a todo los efectos, una decisión vinculante.
Por Elena Rusca (en Ginebra)
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