Crónicas de un país anormal

De la monarquía presidencial a una democracia ejecutiva dualista

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Semi presidencialismo con elementos de Democracia directa y Federalismo Atenuado

           

 

   La Cámara de Diputados no tiene por qué ser sólo un buzón de los proyectos del Ejecutivo, ni tampoco una productora de leyes: una verdadera cámara política, que represente la soberanía popular.

 

            Este no es el primer intento que realiza la Cámara para analizar tan importante tema. Lamentablemente, Chile no está muy abierto a los cambios y ciertos sectores desprecian toda tentativa para terminar con una Constitución ilegítima en su origen y que radicaliza un presidencialismo monárquico, autoritario y que consagra el desequilibrio de poderes del Estado. Sostengo que esto daña gravemente el prestigio de la política, alejándola de los ciudadanos y convirtiéndola en un pragmatismo sin sentido o una excremente institución.

 

            El único factor de poder del Legislativo en las Constituciones de 1833 y 1980, que tienen carácter vinculante, son las acusaciones constitucionales que, en la práctica, más que una institución judicial, se convierten en un instrumento político; cuando el Ejecutivo pierde la mayoría en ambas Cámaras, la oposición puede utilizar la acusación para bloquear al Ejecutivo poniendo en peligro la sustentabilidad del régimen político. Las pruebas históricas son múltiples:  los gobiernos de Carlos Ibáñez, Jorge Alessandri y Salvador Allende tuvieron minorías parlamentarias. Algo similar ocurrió con el gobierno de Michelle Bachelet al perder la mayoría en el parlamento y hoy la coalición por el cambio y el gobierno de Sebastián Piñera es minoritaria en ambas Cámaras. En el fondo, el presidencialismo autoritario sólo puede funcionar bien con mayorías partidarias en el Parlamento o, al menos, con un tercio de ambas Cámaras

 

             No creo que el sistema político pueda seguir subsistiendo basado en un autoritarismo presidencial y un sistema electoral excluyente y fraudulento como el D´HONT; el resultado de ambas falencias es que el 75% de los ciudadanos desprecia o rechaza a los políticos-. Los jóvenes, con razón, se desinteresan de la participación política, sabiendo muy bien que este es un juego de castas, que propenden a eternizarse en el poder; tenemos un sistema político sin ciudadanía. (La soberanía reside en el pueblo es falso Apenas en el 24 % del universo Electoral)

 

            Al neoliberalismo reinante no le interesa mayormente la política, pues su objetivo es el mercado y el logro del lucro ilimitado. Como sostienen Thatcher, Bush y Hayek, el mercado es el escenario de la lucha entre individuos y familias, y la sociedad como tal no existe. Como no hay bien común que no sea el éxito económico, el país se convierte en una lucha darwinista por la conservación de las especies, de ahí la separación entre lo económico y lo político, que sostienen muchos de los epígonos del neoliberalismo. La política es una técnica, manejada por especialistas, que carece de toda función social. Para aquellos, discutir sobre regímenes políticos es sólo un juego intelectual. (chile no es una democracia sino una plutocracia)

 

            La mayoría de las Constituciones de nuestra historia chilena han surgido de revoluciones y guerras civiles: la de 1833, de Lircay; la 1925, una intervención militar; la de 1980, de la dictadura de Pinochet. Es cierto que las reformas liberales, (1861-1891), y la guerra civil de este último año, permitieron la interpretación asambleísta de la Constitución de 1833 y, a su vez, la Reformas de los presidentes Juan Antonio Ríos, Jorge Alesandri y Eduardo Frei Montalva radicalizaron, en extremo, el régimen presidencialista de 1925. El gobierno de Pinochet construyó una nueva Constitución, por medio de la cual el presidente de la república pasa a ser un monarca o un dictador, convirtiendo el Congreso en una mascarada, carente de todo poder de fiscalización. (chile es una plutocracia pretoriana)

 

             La Comisión cito a un amplio arco de especialistas- ex presidentes de la república y presidentes de partido-: De las exposiciones se puede deducir claramente dos alternativas: la primera, reformar el régimen presidencialista y, la segunda, cambiar este régimen por uno semipresidencial, similar al francés, austriaco, finlandés y polaco. Por la primera opción se han pronunciado, con variantes, el ministro de la presidencia, José Antonio Viera-Gallo, el ex presidente Patricio Aylwin, el miembro del Tribunal Constitucional Raúl Bertelsen, por la segunda alternativa, los diputados Marco Enríquez-Ominami y Chaguán, y el cuentista político Oscar Godoy. Humberto Nogueira,

 

            Confieso que me extrañaron las opiniones de Aylwin y de Viera-Gallo, a quines creía partidarios del semipresidencialismo. Comprendo que, desde el poder, es muy difícil pensar en un cambio de régimen político.

 

¿Qué proponen los partidarios de la primera alternativa?

 

            Bertelsen se limita repetir la idea contenida en la Constitución de 1980, de un ministro coordinador, que sería nombrado y removido por el presidente de la república y que no responde con su cargo ante el parlamento, es decir, poco o casi nada. Viera-Gallo sostiene que las reformas de 2005 han permitido mayor equilibrio entre ambos poderes al introducir las interpelaciones, pero éstas, al no ser vinculantes, se han convertido tan intrascendentes como las comisiones investigadoras. El centro del poder ejecutivo como colegislador está en la calificación de las urgencias, que permiten al presidente de la república determinar el calendario legislativo; en este el poder ejecutivo tiene un predominio incontrarrestable respecto al legislativo. Algunos de los expositores antes citados han demostrado cierta apertura a revisar esta materia.

 

            Todas las constituciones modernas contienen elementos de llamada democracia directa, es decir, la participación de los ciudadanos más allá de las elecciones periódicas; incluso, la Constitución presidencialista de 1925 incluyó el plebiscito. En la actualidad, muchas constituciones plantean la iniciativa popular de ley y la revocación de mandatos para todos los cargos emanados de la soberanía popular; en este campo, creo interpretar que hay mayor consenso que en la instalación de un Primer Ministro.

 

            Chile es un país tremendamente centralista: las asambleas provinciales, contenidas en la Constitución de 1925, jamás fueron aplicadas. También hay bastante consenso, salvo por la opinión del ex presidente Aylwin, en la elección directa de intendentes y consejeros regionales, eliminando el inútil cargo de gobernar provincial.

 

            La Comisión se ha centrado en temas más inmediatos, como la determinación del período presidencial. En menos de veinte años hemos fluctuado en períodos de Ocho, seis y cuatro años, todos ellos sin reelección. Al menos, parece haber acuerdo en un período de cuatro años para los cargos de presidente de la república, diputados, intendentes, alcaldes y concejales, consejeros regionales, limitando todos los cargos de elección popular- salvo el presidente que no sería reelegido- a una sola reelección.

 

            Personalmente, soy contrario al sistema bicameral: en la mayoría de los regímenes políticos –parlamentarios o semipresidenciales- el senado es puramente decorativo o sólo está limitado a facultades judiciales, y sólo en el régimen presidencial de Estado Unidos y sus imitaciones latinoamericanas el senado legisla junto con la cámara política.

 

            Estimo de suma urgencia la implantación de un régimen semipresidencial, con elementos fundamentales de democracia directa, y un país descentralizado, con amplios poderes a los gobiernos regionales. Este sistema debe contener los siguientes elementos:

 

  • Un presidente elegido cada cuatro años, a cargo de las relaciones exteriores y de la defensa nacional
  • Un primer ministro, elegido por la mayoría parlamentaria.
  • Disolución de la asamblea nacional por parte del presidente de la república y referéndum popular.
  • Plebiscito revocatorio para todos los cargos de soberanía popular.
  • Iniciativa popular de ley
  • Compatibilidad entre los cargos de ministro y parlamentario
  • Creación de las instituciones de defensor del pueblo y de derechos humanos.
  • Parlamento unicameral
  • Sistema electoral proporcional
  • Garantía explícita del derecho a la educación, salud, vivienda de calidad
  • La propiedad de las tierras, minas, aguas y energía, por parte del Estado
  • Primacía de los Tratados Internacionales sobre la legislación interna
  • La propiedad está al servicio del bien común y puede ser expropiada, basada en interés común.

 

 

Rafael Gumucio (el viejo) 

 

13 01 2020

 

       1     El termino Democracia ejecutiva dualista con correctivo presidencial pertenece a Humberto Nogueira el régimen Semipresencial Andante Santiago p137

 

  • El informe fue aprobado por la cámara de diputados en octubre del 2009

      

  • El primer ministro depende del presidente es un fusible como todos los secretarios de Estado (amplio no emergen del ejecutivo sino del primer ministro

 

Nuevas instituciones sometidas a la asamblea

 

Asamblea nacional 500 miembros

 

250 Colegio nacional Sistema mayoritario

250 proporcional D’HONT regiones

 

De los 250 asambleístas

 

10% Pueblos originarios

 

Juicio de residencia para el presidente 6 meses dejado el cargo

 

La prevaricación en el caso de cualquier funcionario es pena con la muerte civil

 

El ministerio publico fiscales y director son pasibles de muerte civil al cometer prevaricación

 

            Los fiscales son elegidos por los ciudadanos mediante plebiscito

 

           Todo funcionario público tiene por deber defender el dinero publico

 

            Las infracciones a este precepto serán penadas a un mínimo de 5 años y cárcel efectiva.

 

El defensor del pueblo debe proteger el respeto a los DDHH y debe querellarse contra cualquier autoridad que los atropelle

 

  El banco Central es autónomo y rende cuentas solamente a la asamblea

 

Ningún funcionario del estado puede ganar más del promedio de los chilenos

 

En CHILE HAY IGUALDAD ANTE LA LEY, CARGOS Y CARGAS PUBLICAS, LOS FUNCIONARIOS NO SON UNA CLASE PRIVILIGEADA

 

Chile es una república el voto debe ser obligatorio y la multa a su incumplimiento debe ser muy alta al menos pena aflictiva 3 años y un día

En toda papeleta habrá la opción rechazo si son más que los positivos se   anula la elección y de repartirse se declara que la ciudadanía rechaza la institución. Se cree otra

Y se condena a sus miembros por notable abandono de sus deberes.( a la cárcel por inútiles)

 

Chile es una república, social, multicultural semipresencial. Descentralizada los pueblos originarios son naciones en igualdad con la chilena.

 

El estado debe garantizar el derecho a la vida, la libertad. La igualdad. La salud. el techo y el abrigo a todos los habitantes de CHILE. Si no cumple se recurre en amparo

 

El agua, el aire, los cielos son todos los chilenos y ningún poder puede enajenarlos, arrendarlos sin ser APROBADOS en un referéndum

El litio no puede enajenarse y para concesionarse debe obtenerse el 80% del referéndum

 

Las empresas extranjeras pagaran un 40% como regalía para cambiar % se requieren dos tercios de los votos de un referéndum

La propiedad privada está supeditada al bien común (es un robo según Proudhom)   

 

Rafael Luis Gumucio Rivas

(EL viejo)

12 01 2020

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  1. Gladys Allende says:

    Interesante proposición…De sólo imaginar «la alegria de la casta político-empresarial cuando lean esto»…Los mayorcitos capaz que vayan a parar derechito al infierno, digo al cementerio y los más jovencitos tendrían que seguir luchando por una Asamblea Constituyente del pueblo, por el pueblo y para el pueblo que son en todas partes los que aportan a la generación de bienes nacionales…Suerte, Rafael Luis …Quisiera ser optimista, pero ….

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